Existen a la fecha 27 organismos del Estado que permanecen omisos en su obligación de realizar la publicación correspondiente en la página web de compras estatales. En esta situación se encuentran el Poder Legislativo, seis gobiernos departamentales, el Inau y Asse.
Las reglas son para romperlas, afirma el dicho popular. Y hay quienes se lo toman en serio. Tal es el caso del Poder Legislativo (Cámara de Senadores y Cámara de Diputados), los gobiernos departamentales de Montevideo, Treinta y Tres, Soriano, Rocha, Río Negro y Flores; el Inau y Asse.
Así lo denuncia en su memoria anual 2009 la Junta de Transparencia y Ética Pública (Jutep). En el documento de más de 100 páginas al que accedió Ultimas Noticias se señala que de la información remitida por el Área de Compras Estatales se desprende que 27 Unidades Ejecutoras no realizan las publicaciones de las compras y adjudicaciones en la página web correspondiente (www.comprasestatales.gub.uy).
Entre las Unidades que sólo publican los llamados y no las adjudicaciones figuran el Hospital Maciel y los de Canelones, Colonia, Lavalleja, Paysandú, Rivera, San José, Cardona, Dolores, Lazcano, Nueva Helvecia, Rosario, Tala y Chuy, además del Centro de Información de la Red de Drogas.
Más aún son las que no realizan ninguna publicación: el hospital Pereira Rossell, Reumatología y los hospitales de Río Negro, Aiguá, Cerro Chato, José Batlle y Ordóñez. Mina de Corrales, Río Branco, San Carlos, San Gregorio de Polanco, Sarandi Grande y Sarandí del Yi.
Fue un decreto del 3 de noviembre de 2004, bajo la Presidencia de Jorge Batlle, el que cometió a la Jutep a verificar la difusión que deben realizar todos los organismos públicos comprendidos en el artículo 2 del Tocaf, respecto a los actos de adjudicación de las licitaciones públicas y abreviadas, de contrataciones directas en régimen de excepción, sus ampliaciones y los actos de reiteración del gasto por observación del Tribunal de Cuentas. Y se dispuso que esta publicación se realizara online. Sin embargo, nada se estableció entonces respecto al Poder Legislativo y los Gobiernos Departamentales.
Desde entonces la Junta tomó contacto con el Área de Compras y Contrataciones Estatales de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP), respon- sable de la gestión de la referida página web. Esa oficina informó que gran parte de los organismos sólo cumplían parcialmente con la obligación.
Ante esta situación de incumplimiento, se elevó en 2007 un informe al entonces presidente Tabaré Vázquez quien, en Consejo de Ministros, resolvió el 28 de mayo de ese año dictar un nuevo decreto reiterando la responsabilidad legal de los organismos señalados de dar publicidad a las adquisiciones de bienes y compras de servicios estatales en sus diversas formas e incorporó al Poder Legislativo y los Gobiernos Departamentales.
En su informe, la ex Junta Asesora en Materia Económico Financiera del Estado remarcó que en el transcurso del ejercicio 2009 se incorporaron además como organismos que deben cumplir con la normativa vigente las intendencias municipales de Artigas, Maldonado y Rivera y la aerolínea de bandera uruguaya Pluna.
Con el objetivo de modificar estas situaciones y “hacer más transparentes los controles”, se dispuso en el último tiempo la apertura de un nuevo ítem en el menú principal de la página web de esta oficina, denominado “incumplimientos”. Allí se da cuenta de la nómina de funcionarios y organismos en situación de inobservancia con respecto a la normativa que debe fiscalizar la Junta.
Sin embargo, los jerarcas del organismo (Beatriz Pereira, Adolfo Pérez Piera y Carlos Soares de Lima) resaltaron la carencia de personal para llevar adelante esta y otras tareas de control de la Junta. Sostienen que persisten los problemas denunciados en 2006 y reiterados en las últimas rendiciones de cuentas. “La Junta continúa con un equipo reducido -11 personas- y sin un soporte profesional suficiente en el área jurídica”.
Doce expedientes judiciales analizados en 2009
Dentro de la competencia de la Junta de Transparencia y Ética Pública figura el asesoramiento a la Justicia Penal respecto de delitos contra la Administración Pública y contra la Economía y Hacienda Pública, imputables a los funcionarios del Estado. El dictamen del organismo puede ser solicitado por el juez o el fiscal del caso.
Durante 2009, la Junta se pronunció en 12 expedientes que le fueron remitidos. Entre ellos se encuentra el expediente de la denuncia presentada por el ex senador nacionalista Julio Lara contra el ex vicepresidente Rodolfo Nin Novoa y su hermano Gonzalo Nin Novoa, tramitado ante el juzgado penal de Fanny Canessa y sobre el que la Junta se pronunció el 10 de febrero del año pasado.
Otro de los expedientes analizados refiere a una denuncia contra dos ediles de la Junta Departamental de Canelones, tramitado ante el juzgado letrado de Primera Instancia en lo Penal de 1° turno de ese departamento.
También se analizó la denuncia que presentó el abogado penalista Gustavo Salle y la firma Conatel (que representa a Siemens en Uruguay) ante el Juzgado Especializado en Crimen Organizado de 1° Turno, a cargo de la jueza Graciela Gatti, por irregularidades en la asignación de la licitación para compra de equipamiento para el Centro de Imagenología Molecular (Cudim), a la firma General Electric.
El resto de los expedientes penales refieren a funcionarios de Juntas Departamentales y de dependencias de la Dirección Nacional de Aduanas.
Por otra parte, durante 2009 la Junta procedió a la apertura de 45 declaraciones juradas: 27 por disposición de la Justicia Penal y 18 a solicitud de los propios declarantes.
Modificación de delitos
La Junta de Transparencia y Ética Pública elaboró un anteproyecto que modifica y amplía la Ley 17.060 por la que fue creada en 1998. En el documento, que se elevará en los próximos días al presidente José Mujica se plantea la modificación de algunos tipos delictivos y la incorporación de nuevas figuras. Se propone ampliar y precisar la redacción del delito de "Soborno trasnacional", que prevé una pena de tres meses de prisión a tres años de penitenciaría. También se replantea la figura del "Enriquecimiento ilícito", que se considera un "instrumento interesante" para prevenir y detectar situaciones irregulares en el patrimonio de los funcionarios públicos.
Ultimas Noticias, 23 de abril de 2010
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jueves, 29 de abril de 2010
El Estado omiso en abrir información
El 76% de los organismos públicos incumplen con algún aspecto de la ley de acceso a la información pública, según un relevamiento de un estudio jurídico entre 83 páginas web de oficinas estatales.
El relevamiento, realizado por los abogados Adrián Gutiérrez y Gimena Spinelli, del estudio jurídico Rueda Abadi & Pereira, reveló que sólo 20 organismos (24% del total) cumplen a cabalidad con esta ley.
Entre los incumplidores, cuatro están completamente omisos en brindar en su web la información requerida por la ley, y el resto incumple con uno o más de los siete ítem obligatorios.
Información pública es "toda la que emane o esté en posesión de cualquier organismo público, sea o no estatal, salvo las excepciones o secretos establecidos por ley, así como las informaciones reservadas o confidenciales", establece la Ley de Acceso a la Información Pública N° 18.381, vigente desde noviembre de 2008.
Asimismo, la normativa habilita a cualquier persona a reclamar acceso a la información en poder del Estado, sin necesidad de especificar el motivo que genera su pedido.
A su vez, para regular toda la operativa que establece la legislación, se creó la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (Agesic) que depende directamente de la Presidencia de la República.
Una las principales vías para difundir la información es internet, y por eso el artículo 5° de la ley 18.381 señala que "los organismos públicos, sean o no estatales, deberán difundir en forma permanente a través de sus sitios web" determinada información básica sobre su gestión y operativa.
Según la normativa, necesariamente se deberá informar la estructura orgánica de la dependencia; sus facultades administrativas; la estructura de remuneraciones por categoría escalafonaria de sus funcionarios; información sobre su presupuesto y concesiones y permisos otorgados, especificando los beneficiarios.
Sin embargo, el estudio elaborado por Gutiérrez y Spinelli -al que tuvo acceso El País- elaborado entre el 15 y el 26 de marzo, evidencia que solamente el 24% de los sitios web de los organismos analizados cumplen con todos los requerimientos que establece el artículo 5° de la Ley de Acceso a la Información Pública.
Los sitios web que cumplen todos los requisitos son los de: Ministerio de Desarrollo Social, Dirección General Impositiva, Codicen, ANEP, Banco República, Banco Hipotecario, Banco de Seguros, Banco de Previsión Social, Ancap, Instituto Nacional de Colonización, INAU, Ursec, Tribunal de Cuentas, Caja Notarial de la Seguridad Social, Corporación Nacional para el Desarrollo, e Instituto Nacional de Carnes.
INCUMPLIMIENTO. Según el relevamiento, hay 60 páginas web de organismos (72%) que no cumplen totalmente con lo que establece la Ley de Acceso a la Información Pública, ya que omiten por lo menos uno de los ítems que prevé la normativa.
Finalmente, el relevamiento indica que al momento de la realización del estudio había tres organismos (4%) que no cumplían con ninguna de las previsiones establecidas legalmente. Se trata de los sitios web de la Intendencia Municipal de Artigas, Pluna y el programa "Sacá la Bolsa" del Medio, del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, que ni siquiera cuenta con página de internet.
DETALLE. El informe de los abogados de Rueda, Abadi & Pereira señala que de los 13 ministerios, solamente uno (el de Desarrollo Social) cumple totalmente con el artículo 5° de la Ley de Acceso a la Información Pública en su página web.
En tanto, hay ocho secretarías de Estado que informan parcialmente, y otros tres que realizaron un convenio con la Agesic para regularizar la situación de sus sitios web.
El relevamiento señala que sólo el Ministerio del Interior está omiso con la normativa, y se indica que en su sitio de internet ha publicado que "próximamente contarán con información referida a la estructura de remuneraciones de esta secretaría de Estado y demás requisitos que dispone la ley 18.381".
En cuanto a las nueve oficinas que dependen de la Presidencia de la República, se determinó que sólo dos de ellas (la propia Agesic y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto) cumplen totalmente con los requisitos informativos en sus respectivos sitios web, indica el informe.
En cuanto a los 13 entes autónomos, ocho cumplen cabalmente con lo que establece la Ley de Acceso a la Información Pública, mientras que los cinco restantes aplican de manera parcial con la normativa, señala el relevamiento.
Sobre los cinco organismos descentralizados, solamente uno informa en su sitio de internet todo lo que requiere la ley. Los cuatro restantes no cumplen con todos los literales del artículo 5° de la legislación.
En relación a las unidades reguladoras (Unidad Reguladora de los Servicios en Comunicaciones y la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua) ambas cumplen con los requerimientos, aunque sólo la primera lo hace totalmente.
En el rubro de los organismos autónomos, de los cuatro analizados, el informe indica que sólo uno cumple con los requerimientos en su sitio web, mientras que los restantes ofrecen información parcial.
Por otra parte, en cuanto a los sitios de internet de organismos públicos no estatales, cuatro cumplen totalmente con los requerimientos, 11 tienen carencias en algunos de los ítems previstos, mientras que un organismo no tiene página web.
En relación a las intendencias, solamente una (la de Artigas) no cumple con ninguna de las previsiones de la ley en su página de internet, mientras que las 18 restantes lo hacen pero a medias.
La Suprema Corte de Justicia cumple con todos los requerimientos.
¿Qué dice la ley de acceso?
1. PROMOVER LA TRANSPARENCIA
La Ley de Acceso a la Información Pública, señala en su artículo 1° que tiene como principal objetivo "promover la transparencia de la función administrativa de todo organismo público, sea o no estatal, y garantizar el derecho fundamental de las personas al acceso a la información pública".
2. POR PRINCIPIO, TODO PÚBLICO
La normativa establece que "se considera información pública toda la que emane o esté en posesión de cualquier organismo público, sea o no estatal, salvo las excepciones o secretos establecidos por ley, así como las informaciones reservadas o confidenciales". Por eso, cualquier persona tiene derecho a tener acceso a esa información, sin necesidad de justificar la razón que motiva esa solicitud.
3. camino por la vía judicial
La Ley de Acceso a la Información Pública establece que cualquier persona física o jurídica tiene derecho a pedir acceso a información en poder de un organismo estatal por escrito, sin la necesidad de firma letrada. La dependencia tiene 20 días para contestar la solicitud, y si la respuesta es negativa, el interesado tendrá la posibilidad de presentar su pedido ante la Justicia.
4. La ley prevé serias sanciones
La normativa también establece penas para los jerarcas que, sin que se les haya reclamado información considerada "reservada" o "confidencial", desestimen un pedido de acceso. En esos casos, se prevé la posibilidad de iniciar acciones tanto en la órbita de la Justicia Civil como Penal.
5. regulación por la agesic
La ley creó la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (Agesic) que regula todo lo relativo al acceso a la información pública. La dependencia es la encargada de coordinar el cumplimiento de la ley.
El País, 17 de abril de 2010 - Pablo Meléndrez
El relevamiento, realizado por los abogados Adrián Gutiérrez y Gimena Spinelli, del estudio jurídico Rueda Abadi & Pereira, reveló que sólo 20 organismos (24% del total) cumplen a cabalidad con esta ley.
Entre los incumplidores, cuatro están completamente omisos en brindar en su web la información requerida por la ley, y el resto incumple con uno o más de los siete ítem obligatorios.
Información pública es "toda la que emane o esté en posesión de cualquier organismo público, sea o no estatal, salvo las excepciones o secretos establecidos por ley, así como las informaciones reservadas o confidenciales", establece la Ley de Acceso a la Información Pública N° 18.381, vigente desde noviembre de 2008.
Asimismo, la normativa habilita a cualquier persona a reclamar acceso a la información en poder del Estado, sin necesidad de especificar el motivo que genera su pedido.
A su vez, para regular toda la operativa que establece la legislación, se creó la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (Agesic) que depende directamente de la Presidencia de la República.
Una las principales vías para difundir la información es internet, y por eso el artículo 5° de la ley 18.381 señala que "los organismos públicos, sean o no estatales, deberán difundir en forma permanente a través de sus sitios web" determinada información básica sobre su gestión y operativa.
Según la normativa, necesariamente se deberá informar la estructura orgánica de la dependencia; sus facultades administrativas; la estructura de remuneraciones por categoría escalafonaria de sus funcionarios; información sobre su presupuesto y concesiones y permisos otorgados, especificando los beneficiarios.
Sin embargo, el estudio elaborado por Gutiérrez y Spinelli -al que tuvo acceso El País- elaborado entre el 15 y el 26 de marzo, evidencia que solamente el 24% de los sitios web de los organismos analizados cumplen con todos los requerimientos que establece el artículo 5° de la Ley de Acceso a la Información Pública.
Los sitios web que cumplen todos los requisitos son los de: Ministerio de Desarrollo Social, Dirección General Impositiva, Codicen, ANEP, Banco República, Banco Hipotecario, Banco de Seguros, Banco de Previsión Social, Ancap, Instituto Nacional de Colonización, INAU, Ursec, Tribunal de Cuentas, Caja Notarial de la Seguridad Social, Corporación Nacional para el Desarrollo, e Instituto Nacional de Carnes.
INCUMPLIMIENTO. Según el relevamiento, hay 60 páginas web de organismos (72%) que no cumplen totalmente con lo que establece la Ley de Acceso a la Información Pública, ya que omiten por lo menos uno de los ítems que prevé la normativa.
Finalmente, el relevamiento indica que al momento de la realización del estudio había tres organismos (4%) que no cumplían con ninguna de las previsiones establecidas legalmente. Se trata de los sitios web de la Intendencia Municipal de Artigas, Pluna y el programa "Sacá la Bolsa" del Medio, del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, que ni siquiera cuenta con página de internet.
DETALLE. El informe de los abogados de Rueda, Abadi & Pereira señala que de los 13 ministerios, solamente uno (el de Desarrollo Social) cumple totalmente con el artículo 5° de la Ley de Acceso a la Información Pública en su página web.
En tanto, hay ocho secretarías de Estado que informan parcialmente, y otros tres que realizaron un convenio con la Agesic para regularizar la situación de sus sitios web.
El relevamiento señala que sólo el Ministerio del Interior está omiso con la normativa, y se indica que en su sitio de internet ha publicado que "próximamente contarán con información referida a la estructura de remuneraciones de esta secretaría de Estado y demás requisitos que dispone la ley 18.381".
En cuanto a las nueve oficinas que dependen de la Presidencia de la República, se determinó que sólo dos de ellas (la propia Agesic y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto) cumplen totalmente con los requisitos informativos en sus respectivos sitios web, indica el informe.
En cuanto a los 13 entes autónomos, ocho cumplen cabalmente con lo que establece la Ley de Acceso a la Información Pública, mientras que los cinco restantes aplican de manera parcial con la normativa, señala el relevamiento.
Sobre los cinco organismos descentralizados, solamente uno informa en su sitio de internet todo lo que requiere la ley. Los cuatro restantes no cumplen con todos los literales del artículo 5° de la legislación.
En relación a las unidades reguladoras (Unidad Reguladora de los Servicios en Comunicaciones y la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua) ambas cumplen con los requerimientos, aunque sólo la primera lo hace totalmente.
En el rubro de los organismos autónomos, de los cuatro analizados, el informe indica que sólo uno cumple con los requerimientos en su sitio web, mientras que los restantes ofrecen información parcial.
Por otra parte, en cuanto a los sitios de internet de organismos públicos no estatales, cuatro cumplen totalmente con los requerimientos, 11 tienen carencias en algunos de los ítems previstos, mientras que un organismo no tiene página web.
En relación a las intendencias, solamente una (la de Artigas) no cumple con ninguna de las previsiones de la ley en su página de internet, mientras que las 18 restantes lo hacen pero a medias.
La Suprema Corte de Justicia cumple con todos los requerimientos.
¿Qué dice la ley de acceso?
1. PROMOVER LA TRANSPARENCIA
La Ley de Acceso a la Información Pública, señala en su artículo 1° que tiene como principal objetivo "promover la transparencia de la función administrativa de todo organismo público, sea o no estatal, y garantizar el derecho fundamental de las personas al acceso a la información pública".
2. POR PRINCIPIO, TODO PÚBLICO
La normativa establece que "se considera información pública toda la que emane o esté en posesión de cualquier organismo público, sea o no estatal, salvo las excepciones o secretos establecidos por ley, así como las informaciones reservadas o confidenciales". Por eso, cualquier persona tiene derecho a tener acceso a esa información, sin necesidad de justificar la razón que motiva esa solicitud.
3. camino por la vía judicial
La Ley de Acceso a la Información Pública establece que cualquier persona física o jurídica tiene derecho a pedir acceso a información en poder de un organismo estatal por escrito, sin la necesidad de firma letrada. La dependencia tiene 20 días para contestar la solicitud, y si la respuesta es negativa, el interesado tendrá la posibilidad de presentar su pedido ante la Justicia.
4. La ley prevé serias sanciones
La normativa también establece penas para los jerarcas que, sin que se les haya reclamado información considerada "reservada" o "confidencial", desestimen un pedido de acceso. En esos casos, se prevé la posibilidad de iniciar acciones tanto en la órbita de la Justicia Civil como Penal.
5. regulación por la agesic
La ley creó la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (Agesic) que regula todo lo relativo al acceso a la información pública. La dependencia es la encargada de coordinar el cumplimiento de la ley.
El País, 17 de abril de 2010 - Pablo Meléndrez
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Acceso a la Información Pública
El Estado omiso en abrir información
El 76% de los organismos públicos incumplen con algún aspecto de la ley de acceso a la información pública, según un relevamiento de un estudio jurídico entre 83 páginas web de oficinas estatales.
El relevamiento, realizado por los abogados Adrián Gutiérrez y Gimena Spinelli, del estudio jurídico Rueda Abadi & Pereira, reveló que sólo 20 organismos (24% del total) cumplen a cabalidad con esta ley.
Entre los incumplidores, cuatro están completamente omisos en brindar en su web la información requerida por la ley, y el resto incumple con uno o más de los siete ítem obligatorios.
Información pública es "toda la que emane o esté en posesión de cualquier organismo público, sea o no estatal, salvo las excepciones o secretos establecidos por ley, así como las informaciones reservadas o confidenciales", establece la Ley de Acceso a la Información Pública N° 18.381, vigente desde noviembre de 2008.
Asimismo, la normativa habilita a cualquier persona a reclamar acceso a la información en poder del Estado, sin necesidad de especificar el motivo que genera su pedido.
A su vez, para regular toda la operativa que establece la legislación, se creó la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (Agesic) que depende directamente de la Presidencia de la República.
Una las principales vías para difundir la información es internet, y por eso el artículo 5° de la ley 18.381 señala que "los organismos públicos, sean o no estatales, deberán difundir en forma permanente a través de sus sitios web" determinada información básica sobre su gestión y operativa.
Según la normativa, necesariamente se deberá informar la estructura orgánica de la dependencia; sus facultades administrativas; la estructura de remuneraciones por categoría escalafonaria de sus funcionarios; información sobre su presupuesto y concesiones y permisos otorgados, especificando los beneficiarios.
Sin embargo, el estudio elaborado por Gutiérrez y Spinelli -al que tuvo acceso El País- elaborado entre el 15 y el 26 de marzo, evidencia que solamente el 24% de los sitios web de los organismos analizados cumplen con todos los requerimientos que establece el artículo 5° de la Ley de Acceso a la Información Pública.
Los sitios web que cumplen todos los requisitos son los de: Ministerio de Desarrollo Social, Dirección General Impositiva, Codicen, ANEP, Banco República, Banco Hipotecario, Banco de Seguros, Banco de Previsión Social, Ancap, Instituto Nacional de Colonización, INAU, Ursec, Tribunal de Cuentas, Caja Notarial de la Seguridad Social, Corporación Nacional para el Desarrollo, e Instituto Nacional de Carnes.
INCUMPLIMIENTO. Según el relevamiento, hay 60 páginas web de organismos (72%) que no cumplen totalmente con lo que establece la Ley de Acceso a la Información Pública, ya que omiten por lo menos uno de los ítems que prevé la normativa.
Finalmente, el relevamiento indica que al momento de la realización del estudio había tres organismos (4%) que no cumplían con ninguna de las previsiones establecidas legalmente. Se trata de los sitios web de la Intendencia Municipal de Artigas, Pluna y el programa "Sacá la Bolsa" del Medio, del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, que ni siquiera cuenta con página de internet.
DETALLE. El informe de los abogados de Rueda, Abadi & Pereira señala que de los 13 ministerios, solamente uno (el de Desarrollo Social) cumple totalmente con el artículo 5° de la Ley de Acceso a la Información Pública en su página web.
En tanto, hay ocho secretarías de Estado que informan parcialmente, y otros tres que realizaron un convenio con la Agesic para regularizar la situación de sus sitios web.
El relevamiento señala que sólo el Ministerio del Interior está omiso con la normativa, y se indica que en su sitio de internet ha publicado que "próximamente contarán con información referida a la estructura de remuneraciones de esta secretaría de Estado y demás requisitos que dispone la ley 18.381".
En cuanto a las nueve oficinas que dependen de la Presidencia de la República, se determinó que sólo dos de ellas (la propia Agesic y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto) cumplen totalmente con los requisitos informativos en sus respectivos sitios web, indica el informe.
En cuanto a los 13 entes autónomos, ocho cumplen cabalmente con lo que establece la Ley de Acceso a la Información Pública, mientras que los cinco restantes aplican de manera parcial con la normativa, señala el relevamiento.
Sobre los cinco organismos descentralizados, solamente uno informa en su sitio de internet todo lo que requiere la ley. Los cuatro restantes no cumplen con todos los literales del artículo 5° de la legislación.
En relación a las unidades reguladoras (Unidad Reguladora de los Servicios en Comunicaciones y la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua) ambas cumplen con los requerimientos, aunque sólo la primera lo hace totalmente.
En el rubro de los organismos autónomos, de los cuatro analizados, el informe indica que sólo uno cumple con los requerimientos en su sitio web, mientras que los restantes ofrecen información parcial.
Por otra parte, en cuanto a los sitios de internet de organismos públicos no estatales, cuatro cumplen totalmente con los requerimientos, 11 tienen carencias en algunos de los ítems previstos, mientras que un organismo no tiene página web.
En relación a las intendencias, solamente una (la de Artigas) no cumple con ninguna de las previsiones de la ley en su página de internet, mientras que las 18 restantes lo hacen pero a medias.
La Suprema Corte de Justicia cumple con todos los requerimientos.
¿Qué dice la ley de acceso?
1. PROMOVER LA TRANSPARENCIA
La Ley de Acceso a la Información Pública, señala en su artículo 1° que tiene como principal objetivo "promover la transparencia de la función administrativa de todo organismo público, sea o no estatal, y garantizar el derecho fundamental de las personas al acceso a la información pública".
2. POR PRINCIPIO, TODO PÚBLICO
La normativa establece que "se considera información pública toda la que emane o esté en posesión de cualquier organismo público, sea o no estatal, salvo las excepciones o secretos establecidos por ley, así como las informaciones reservadas o confidenciales". Por eso, cualquier persona tiene derecho a tener acceso a esa información, sin necesidad de justificar la razón que motiva esa solicitud.
3. camino por la vía judicial
La Ley de Acceso a la Información Pública establece que cualquier persona física o jurídica tiene derecho a pedir acceso a información en poder de un organismo estatal por escrito, sin la necesidad de firma letrada. La dependencia tiene 20 días para contestar la solicitud, y si la respuesta es negativa, el interesado tendrá la posibilidad de presentar su pedido ante la Justicia.
4. La ley prevé serias sanciones
La normativa también establece penas para los jerarcas que, sin que se les haya reclamado información considerada "reservada" o "confidencial", desestimen un pedido de acceso. En esos casos, se prevé la posibilidad de iniciar acciones tanto en la órbita de la Justicia Civil como Penal.
5. regulación por la agesic
La ley creó la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (Agesic) que regula todo lo relativo al acceso a la información pública. La dependencia es la encargada de coordinar el cumplimiento de la ley.
El País, 17 de abril de 2010 - Pablo Meléndrez
El relevamiento, realizado por los abogados Adrián Gutiérrez y Gimena Spinelli, del estudio jurídico Rueda Abadi & Pereira, reveló que sólo 20 organismos (24% del total) cumplen a cabalidad con esta ley.
Entre los incumplidores, cuatro están completamente omisos en brindar en su web la información requerida por la ley, y el resto incumple con uno o más de los siete ítem obligatorios.
Información pública es "toda la que emane o esté en posesión de cualquier organismo público, sea o no estatal, salvo las excepciones o secretos establecidos por ley, así como las informaciones reservadas o confidenciales", establece la Ley de Acceso a la Información Pública N° 18.381, vigente desde noviembre de 2008.
Asimismo, la normativa habilita a cualquier persona a reclamar acceso a la información en poder del Estado, sin necesidad de especificar el motivo que genera su pedido.
A su vez, para regular toda la operativa que establece la legislación, se creó la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (Agesic) que depende directamente de la Presidencia de la República.
Una las principales vías para difundir la información es internet, y por eso el artículo 5° de la ley 18.381 señala que "los organismos públicos, sean o no estatales, deberán difundir en forma permanente a través de sus sitios web" determinada información básica sobre su gestión y operativa.
Según la normativa, necesariamente se deberá informar la estructura orgánica de la dependencia; sus facultades administrativas; la estructura de remuneraciones por categoría escalafonaria de sus funcionarios; información sobre su presupuesto y concesiones y permisos otorgados, especificando los beneficiarios.
Sin embargo, el estudio elaborado por Gutiérrez y Spinelli -al que tuvo acceso El País- elaborado entre el 15 y el 26 de marzo, evidencia que solamente el 24% de los sitios web de los organismos analizados cumplen con todos los requerimientos que establece el artículo 5° de la Ley de Acceso a la Información Pública.
Los sitios web que cumplen todos los requisitos son los de: Ministerio de Desarrollo Social, Dirección General Impositiva, Codicen, ANEP, Banco República, Banco Hipotecario, Banco de Seguros, Banco de Previsión Social, Ancap, Instituto Nacional de Colonización, INAU, Ursec, Tribunal de Cuentas, Caja Notarial de la Seguridad Social, Corporación Nacional para el Desarrollo, e Instituto Nacional de Carnes.
INCUMPLIMIENTO. Según el relevamiento, hay 60 páginas web de organismos (72%) que no cumplen totalmente con lo que establece la Ley de Acceso a la Información Pública, ya que omiten por lo menos uno de los ítems que prevé la normativa.
Finalmente, el relevamiento indica que al momento de la realización del estudio había tres organismos (4%) que no cumplían con ninguna de las previsiones establecidas legalmente. Se trata de los sitios web de la Intendencia Municipal de Artigas, Pluna y el programa "Sacá la Bolsa" del Medio, del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, que ni siquiera cuenta con página de internet.
DETALLE. El informe de los abogados de Rueda, Abadi & Pereira señala que de los 13 ministerios, solamente uno (el de Desarrollo Social) cumple totalmente con el artículo 5° de la Ley de Acceso a la Información Pública en su página web.
En tanto, hay ocho secretarías de Estado que informan parcialmente, y otros tres que realizaron un convenio con la Agesic para regularizar la situación de sus sitios web.
El relevamiento señala que sólo el Ministerio del Interior está omiso con la normativa, y se indica que en su sitio de internet ha publicado que "próximamente contarán con información referida a la estructura de remuneraciones de esta secretaría de Estado y demás requisitos que dispone la ley 18.381".
En cuanto a las nueve oficinas que dependen de la Presidencia de la República, se determinó que sólo dos de ellas (la propia Agesic y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto) cumplen totalmente con los requisitos informativos en sus respectivos sitios web, indica el informe.
En cuanto a los 13 entes autónomos, ocho cumplen cabalmente con lo que establece la Ley de Acceso a la Información Pública, mientras que los cinco restantes aplican de manera parcial con la normativa, señala el relevamiento.
Sobre los cinco organismos descentralizados, solamente uno informa en su sitio de internet todo lo que requiere la ley. Los cuatro restantes no cumplen con todos los literales del artículo 5° de la legislación.
En relación a las unidades reguladoras (Unidad Reguladora de los Servicios en Comunicaciones y la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua) ambas cumplen con los requerimientos, aunque sólo la primera lo hace totalmente.
En el rubro de los organismos autónomos, de los cuatro analizados, el informe indica que sólo uno cumple con los requerimientos en su sitio web, mientras que los restantes ofrecen información parcial.
Por otra parte, en cuanto a los sitios de internet de organismos públicos no estatales, cuatro cumplen totalmente con los requerimientos, 11 tienen carencias en algunos de los ítems previstos, mientras que un organismo no tiene página web.
En relación a las intendencias, solamente una (la de Artigas) no cumple con ninguna de las previsiones de la ley en su página de internet, mientras que las 18 restantes lo hacen pero a medias.
La Suprema Corte de Justicia cumple con todos los requerimientos.
¿Qué dice la ley de acceso?
1. PROMOVER LA TRANSPARENCIA
La Ley de Acceso a la Información Pública, señala en su artículo 1° que tiene como principal objetivo "promover la transparencia de la función administrativa de todo organismo público, sea o no estatal, y garantizar el derecho fundamental de las personas al acceso a la información pública".
2. POR PRINCIPIO, TODO PÚBLICO
La normativa establece que "se considera información pública toda la que emane o esté en posesión de cualquier organismo público, sea o no estatal, salvo las excepciones o secretos establecidos por ley, así como las informaciones reservadas o confidenciales". Por eso, cualquier persona tiene derecho a tener acceso a esa información, sin necesidad de justificar la razón que motiva esa solicitud.
3. camino por la vía judicial
La Ley de Acceso a la Información Pública establece que cualquier persona física o jurídica tiene derecho a pedir acceso a información en poder de un organismo estatal por escrito, sin la necesidad de firma letrada. La dependencia tiene 20 días para contestar la solicitud, y si la respuesta es negativa, el interesado tendrá la posibilidad de presentar su pedido ante la Justicia.
4. La ley prevé serias sanciones
La normativa también establece penas para los jerarcas que, sin que se les haya reclamado información considerada "reservada" o "confidencial", desestimen un pedido de acceso. En esos casos, se prevé la posibilidad de iniciar acciones tanto en la órbita de la Justicia Civil como Penal.
5. regulación por la agesic
La ley creó la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (Agesic) que regula todo lo relativo al acceso a la información pública. La dependencia es la encargada de coordinar el cumplimiento de la ley.
El País, 17 de abril de 2010 - Pablo Meléndrez
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Acceso a la Información Pública
martes, 13 de abril de 2010
IMM desmiente todas las acusaciones de la oposición
El prosecretario de la IMM, Jorge Rodríguez, aseguró que los señalamientos de falta de transparencia son fruto del desconocimiento o tienen una intencionalidad política.
"Cantero (ex edil colorado) sabe que en las rendiciones de cuentas todos los años van los detalles, servicio por servicio, de en qué se gasta el dinero".
En pleno fragor de la campaña municipal varios candidatos y otros actores políticos de la oposición han puesto en tela de juicio la transparencia de la Intendencia Municipal de Montevideo (IMM) en el manejo de los dineros públicos.
En este marco, las máximas autoridades de la comuna capitalina continúan realizando reuniones abiertas a la población en las que se procede a la revisión de los acuerdos de cada servicio. Ayer, como todos los lunes, la intendenta Hyara Rodríguez escuchó punto por punto los asuntos de cada división.
"La sesión de hoy (ayer lunes) es ejemplo de la transparencia de la Intendencia", aseguró el prosecretario, Jorge Rodríguez.
A modo de ejemplo, en el encuentro se mencionó la compra de una pieza de origen precolombino para el Museo de Historia del Arte (Muhar) valuada en U$S 1.200; se asignaron dos partidas para el Teatro Solís, una de $ 320.000 para la realización de la ópera "Lucia di Lammermoor", y otra de $ 250.000 para el pago de la importación de la escenografía y el vestuario para la "Temporada de Opera y Danza 2010".
En cuanto a las ONG, quedó registrada la selección de organizaciones que trabajarán con jóvenes en experiencias educativo-laborales. Entre las elegidas están la Asociación Civil Iglesia Anglicana, el Movimiento Tacurú, El Abrojo y Juventud para Cristo.
El documento establece la cantidad y la forma de entrega del dinero y la contrapartida que recibirá la IMM: limpieza e higiene ambiental en cada zona de Montevideo.
"Acá lo que estamos haciendo es dándole oportunidades a gente joven que tiene problemas de inserción social muy importantes. Creemos que es a través del trabajo que se pueden reinsertar en la sociedad. Además hay todo un sistema de control, la Unidad de Convenios...la Auditoría Interna se especializa en esto. Son transparentes en la forma en que se acuerdan, tienen un control estricto y cumplen un fin social muy claro", señaló Rodríguez.
Con relación al reclamo de más información realizado por Fitzerald Cantero, actual diputado por Vamos Uruguay, dijo: "Cantero sabe que en las rendiciones de cuentas todos los años van los detalles, servicio por servicio, de en qué se gasta el dinero. Basta con que revise esos números para tener respuestas a sus preguntas".
En una carta a la prensa Cantero pregunta cuántos son los funcionarios presupuestados, contratados y zafrales.
"Yo le diría que se remita a lo que el director Pablo Anzalone informó en la última rendición de cuentas, donde respondió por escrito este tipo de preguntas. ¿Cómo no se va a saber cuántos funcionarios tiene la Intendencia de Montevideo? Que pregunte eso alguien que fue edil cinco años es increíble. Cada vez que el director de Recursos Humanos va a la Junta contesta con detalle", afirmó Rodríguez a LA REPUBLICA.
Sobre los gastos de viajes al Interior y el exterior aclaró: "Son autorizaciones que pasan por el acuerdo y las resoluciones respectivas quedan en el sistema. Todo se hace con rendición de cuentas; tenemos un sistema por el cual se le da una partida a quien realiza el viaje y luego presenta por escrito lo que gastó. Además casi siempre que se viaja se hace por invitación".
Acerca de la motivación de las acusaciones, dijo: "Hay dos posibilidades: o desinformación absoluta de cómo funciona la Intendencia de Montevideo o intencionalidad política por la campaña electoral".
A propósito de la denuncia de ocultamiento de información al Tribunal de Cuentas, el jerarca señaló: "El Tribunal de Cuentas tiene cuatro funcionarios que trabajan como auditores en la Intendencia; tienen libre acceso a todo el sistema informático.
Cualquiera de ellos, que no son funcionarios nuestros, tiene acceso a todos los movimientos que se hacen. A veces hay expedientes concretos que van al Tribunal y si se hacen observaciones nosotros las respondemos por escrito", afirmó.
"INEPTITUD MORAL"
La Intendencia Municipal de Montevideo le solicitará a la Junta Departamental la destitución de un funcionario del Cementerio Norte por "ineptitud moral para el desempeño de su cargo".
El funcionario sumariado "extraía piezas dentales de oro de los cuerpos y las comercializaba en provecho propio", señala el expediente de la IMM.
El sujeto, de iniciales J.T., fue condenado por el juez penal de 5° Turno, Daniel Tapié, como "autor responsable de un delito continuado de hurto, a la pena de 16 meses de prisión con suspensión condicional de la pena bajo caución juratoria", al tratarse de un delito excarcelable.
El expediente señala que el municipal "carece de la mínima aptitud moral para permanecer en los cuadros funcionales".
Al respecto Jorge Rodríguez, prosecretario de la Intendencia Municipal de Montevideo, aseguró: "Es un hecho muy lamentable. Sacaba objetos de valor de los cadáveres. Se hicieron las denuncias, fue condenado por el juez y la Intendencia está pidiendo su destitución".
La República, 13 de abril de 2010 - Belén Riguetti
"Cantero (ex edil colorado) sabe que en las rendiciones de cuentas todos los años van los detalles, servicio por servicio, de en qué se gasta el dinero".
En pleno fragor de la campaña municipal varios candidatos y otros actores políticos de la oposición han puesto en tela de juicio la transparencia de la Intendencia Municipal de Montevideo (IMM) en el manejo de los dineros públicos.
En este marco, las máximas autoridades de la comuna capitalina continúan realizando reuniones abiertas a la población en las que se procede a la revisión de los acuerdos de cada servicio. Ayer, como todos los lunes, la intendenta Hyara Rodríguez escuchó punto por punto los asuntos de cada división.
"La sesión de hoy (ayer lunes) es ejemplo de la transparencia de la Intendencia", aseguró el prosecretario, Jorge Rodríguez.
A modo de ejemplo, en el encuentro se mencionó la compra de una pieza de origen precolombino para el Museo de Historia del Arte (Muhar) valuada en U$S 1.200; se asignaron dos partidas para el Teatro Solís, una de $ 320.000 para la realización de la ópera "Lucia di Lammermoor", y otra de $ 250.000 para el pago de la importación de la escenografía y el vestuario para la "Temporada de Opera y Danza 2010".
En cuanto a las ONG, quedó registrada la selección de organizaciones que trabajarán con jóvenes en experiencias educativo-laborales. Entre las elegidas están la Asociación Civil Iglesia Anglicana, el Movimiento Tacurú, El Abrojo y Juventud para Cristo.
El documento establece la cantidad y la forma de entrega del dinero y la contrapartida que recibirá la IMM: limpieza e higiene ambiental en cada zona de Montevideo.
"Acá lo que estamos haciendo es dándole oportunidades a gente joven que tiene problemas de inserción social muy importantes. Creemos que es a través del trabajo que se pueden reinsertar en la sociedad. Además hay todo un sistema de control, la Unidad de Convenios...la Auditoría Interna se especializa en esto. Son transparentes en la forma en que se acuerdan, tienen un control estricto y cumplen un fin social muy claro", señaló Rodríguez.
Con relación al reclamo de más información realizado por Fitzerald Cantero, actual diputado por Vamos Uruguay, dijo: "Cantero sabe que en las rendiciones de cuentas todos los años van los detalles, servicio por servicio, de en qué se gasta el dinero. Basta con que revise esos números para tener respuestas a sus preguntas".
En una carta a la prensa Cantero pregunta cuántos son los funcionarios presupuestados, contratados y zafrales.
"Yo le diría que se remita a lo que el director Pablo Anzalone informó en la última rendición de cuentas, donde respondió por escrito este tipo de preguntas. ¿Cómo no se va a saber cuántos funcionarios tiene la Intendencia de Montevideo? Que pregunte eso alguien que fue edil cinco años es increíble. Cada vez que el director de Recursos Humanos va a la Junta contesta con detalle", afirmó Rodríguez a LA REPUBLICA.
Sobre los gastos de viajes al Interior y el exterior aclaró: "Son autorizaciones que pasan por el acuerdo y las resoluciones respectivas quedan en el sistema. Todo se hace con rendición de cuentas; tenemos un sistema por el cual se le da una partida a quien realiza el viaje y luego presenta por escrito lo que gastó. Además casi siempre que se viaja se hace por invitación".
Acerca de la motivación de las acusaciones, dijo: "Hay dos posibilidades: o desinformación absoluta de cómo funciona la Intendencia de Montevideo o intencionalidad política por la campaña electoral".
A propósito de la denuncia de ocultamiento de información al Tribunal de Cuentas, el jerarca señaló: "El Tribunal de Cuentas tiene cuatro funcionarios que trabajan como auditores en la Intendencia; tienen libre acceso a todo el sistema informático.
Cualquiera de ellos, que no son funcionarios nuestros, tiene acceso a todos los movimientos que se hacen. A veces hay expedientes concretos que van al Tribunal y si se hacen observaciones nosotros las respondemos por escrito", afirmó.
"INEPTITUD MORAL"
La Intendencia Municipal de Montevideo le solicitará a la Junta Departamental la destitución de un funcionario del Cementerio Norte por "ineptitud moral para el desempeño de su cargo".
El funcionario sumariado "extraía piezas dentales de oro de los cuerpos y las comercializaba en provecho propio", señala el expediente de la IMM.
El sujeto, de iniciales J.T., fue condenado por el juez penal de 5° Turno, Daniel Tapié, como "autor responsable de un delito continuado de hurto, a la pena de 16 meses de prisión con suspensión condicional de la pena bajo caución juratoria", al tratarse de un delito excarcelable.
El expediente señala que el municipal "carece de la mínima aptitud moral para permanecer en los cuadros funcionales".
Al respecto Jorge Rodríguez, prosecretario de la Intendencia Municipal de Montevideo, aseguró: "Es un hecho muy lamentable. Sacaba objetos de valor de los cadáveres. Se hicieron las denuncias, fue condenado por el juez y la Intendencia está pidiendo su destitución".
La República, 13 de abril de 2010 - Belén Riguetti
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Medios Públicos
IMM desmiente todas las acusaciones de la oposición
El prosecretario de la IMM, Jorge Rodríguez, aseguró que los señalamientos de falta de transparencia son fruto del desconocimiento o tienen una intencionalidad política.
"Cantero (ex edil colorado) sabe que en las rendiciones de cuentas todos los años van los detalles, servicio por servicio, de en qué se gasta el dinero".
En pleno fragor de la campaña municipal varios candidatos y otros actores políticos de la oposición han puesto en tela de juicio la transparencia de la Intendencia Municipal de Montevideo (IMM) en el manejo de los dineros públicos.
En este marco, las máximas autoridades de la comuna capitalina continúan realizando reuniones abiertas a la población en las que se procede a la revisión de los acuerdos de cada servicio. Ayer, como todos los lunes, la intendenta Hyara Rodríguez escuchó punto por punto los asuntos de cada división.
"La sesión de hoy (ayer lunes) es ejemplo de la transparencia de la Intendencia", aseguró el prosecretario, Jorge Rodríguez.
A modo de ejemplo, en el encuentro se mencionó la compra de una pieza de origen precolombino para el Museo de Historia del Arte (Muhar) valuada en U$S 1.200; se asignaron dos partidas para el Teatro Solís, una de $ 320.000 para la realización de la ópera "Lucia di Lammermoor", y otra de $ 250.000 para el pago de la importación de la escenografía y el vestuario para la "Temporada de Opera y Danza 2010".
En cuanto a las ONG, quedó registrada la selección de organizaciones que trabajarán con jóvenes en experiencias educativo-laborales. Entre las elegidas están la Asociación Civil Iglesia Anglicana, el Movimiento Tacurú, El Abrojo y Juventud para Cristo.
El documento establece la cantidad y la forma de entrega del dinero y la contrapartida que recibirá la IMM: limpieza e higiene ambiental en cada zona de Montevideo.
"Acá lo que estamos haciendo es dándole oportunidades a gente joven que tiene problemas de inserción social muy importantes. Creemos que es a través del trabajo que se pueden reinsertar en la sociedad. Además hay todo un sistema de control, la Unidad de Convenios...la Auditoría Interna se especializa en esto. Son transparentes en la forma en que se acuerdan, tienen un control estricto y cumplen un fin social muy claro", señaló Rodríguez.
Con relación al reclamo de más información realizado por Fitzerald Cantero, actual diputado por Vamos Uruguay, dijo: "Cantero sabe que en las rendiciones de cuentas todos los años van los detalles, servicio por servicio, de en qué se gasta el dinero. Basta con que revise esos números para tener respuestas a sus preguntas".
En una carta a la prensa Cantero pregunta cuántos son los funcionarios presupuestados, contratados y zafrales.
"Yo le diría que se remita a lo que el director Pablo Anzalone informó en la última rendición de cuentas, donde respondió por escrito este tipo de preguntas. ¿Cómo no se va a saber cuántos funcionarios tiene la Intendencia de Montevideo? Que pregunte eso alguien que fue edil cinco años es increíble. Cada vez que el director de Recursos Humanos va a la Junta contesta con detalle", afirmó Rodríguez a LA REPUBLICA.
Sobre los gastos de viajes al Interior y el exterior aclaró: "Son autorizaciones que pasan por el acuerdo y las resoluciones respectivas quedan en el sistema. Todo se hace con rendición de cuentas; tenemos un sistema por el cual se le da una partida a quien realiza el viaje y luego presenta por escrito lo que gastó. Además casi siempre que se viaja se hace por invitación".
Acerca de la motivación de las acusaciones, dijo: "Hay dos posibilidades: o desinformación absoluta de cómo funciona la Intendencia de Montevideo o intencionalidad política por la campaña electoral".
A propósito de la denuncia de ocultamiento de información al Tribunal de Cuentas, el jerarca señaló: "El Tribunal de Cuentas tiene cuatro funcionarios que trabajan como auditores en la Intendencia; tienen libre acceso a todo el sistema informático.
Cualquiera de ellos, que no son funcionarios nuestros, tiene acceso a todos los movimientos que se hacen. A veces hay expedientes concretos que van al Tribunal y si se hacen observaciones nosotros las respondemos por escrito", afirmó.
"INEPTITUD MORAL"
La Intendencia Municipal de Montevideo le solicitará a la Junta Departamental la destitución de un funcionario del Cementerio Norte por "ineptitud moral para el desempeño de su cargo".
El funcionario sumariado "extraía piezas dentales de oro de los cuerpos y las comercializaba en provecho propio", señala el expediente de la IMM.
El sujeto, de iniciales J.T., fue condenado por el juez penal de 5° Turno, Daniel Tapié, como "autor responsable de un delito continuado de hurto, a la pena de 16 meses de prisión con suspensión condicional de la pena bajo caución juratoria", al tratarse de un delito excarcelable.
El expediente señala que el municipal "carece de la mínima aptitud moral para permanecer en los cuadros funcionales".
Al respecto Jorge Rodríguez, prosecretario de la Intendencia Municipal de Montevideo, aseguró: "Es un hecho muy lamentable. Sacaba objetos de valor de los cadáveres. Se hicieron las denuncias, fue condenado por el juez y la Intendencia está pidiendo su destitución".
La República, 13 de abril de 2010 - Belén Riguetti
"Cantero (ex edil colorado) sabe que en las rendiciones de cuentas todos los años van los detalles, servicio por servicio, de en qué se gasta el dinero".
En pleno fragor de la campaña municipal varios candidatos y otros actores políticos de la oposición han puesto en tela de juicio la transparencia de la Intendencia Municipal de Montevideo (IMM) en el manejo de los dineros públicos.
En este marco, las máximas autoridades de la comuna capitalina continúan realizando reuniones abiertas a la población en las que se procede a la revisión de los acuerdos de cada servicio. Ayer, como todos los lunes, la intendenta Hyara Rodríguez escuchó punto por punto los asuntos de cada división.
"La sesión de hoy (ayer lunes) es ejemplo de la transparencia de la Intendencia", aseguró el prosecretario, Jorge Rodríguez.
A modo de ejemplo, en el encuentro se mencionó la compra de una pieza de origen precolombino para el Museo de Historia del Arte (Muhar) valuada en U$S 1.200; se asignaron dos partidas para el Teatro Solís, una de $ 320.000 para la realización de la ópera "Lucia di Lammermoor", y otra de $ 250.000 para el pago de la importación de la escenografía y el vestuario para la "Temporada de Opera y Danza 2010".
En cuanto a las ONG, quedó registrada la selección de organizaciones que trabajarán con jóvenes en experiencias educativo-laborales. Entre las elegidas están la Asociación Civil Iglesia Anglicana, el Movimiento Tacurú, El Abrojo y Juventud para Cristo.
El documento establece la cantidad y la forma de entrega del dinero y la contrapartida que recibirá la IMM: limpieza e higiene ambiental en cada zona de Montevideo.
"Acá lo que estamos haciendo es dándole oportunidades a gente joven que tiene problemas de inserción social muy importantes. Creemos que es a través del trabajo que se pueden reinsertar en la sociedad. Además hay todo un sistema de control, la Unidad de Convenios...la Auditoría Interna se especializa en esto. Son transparentes en la forma en que se acuerdan, tienen un control estricto y cumplen un fin social muy claro", señaló Rodríguez.
Con relación al reclamo de más información realizado por Fitzerald Cantero, actual diputado por Vamos Uruguay, dijo: "Cantero sabe que en las rendiciones de cuentas todos los años van los detalles, servicio por servicio, de en qué se gasta el dinero. Basta con que revise esos números para tener respuestas a sus preguntas".
En una carta a la prensa Cantero pregunta cuántos son los funcionarios presupuestados, contratados y zafrales.
"Yo le diría que se remita a lo que el director Pablo Anzalone informó en la última rendición de cuentas, donde respondió por escrito este tipo de preguntas. ¿Cómo no se va a saber cuántos funcionarios tiene la Intendencia de Montevideo? Que pregunte eso alguien que fue edil cinco años es increíble. Cada vez que el director de Recursos Humanos va a la Junta contesta con detalle", afirmó Rodríguez a LA REPUBLICA.
Sobre los gastos de viajes al Interior y el exterior aclaró: "Son autorizaciones que pasan por el acuerdo y las resoluciones respectivas quedan en el sistema. Todo se hace con rendición de cuentas; tenemos un sistema por el cual se le da una partida a quien realiza el viaje y luego presenta por escrito lo que gastó. Además casi siempre que se viaja se hace por invitación".
Acerca de la motivación de las acusaciones, dijo: "Hay dos posibilidades: o desinformación absoluta de cómo funciona la Intendencia de Montevideo o intencionalidad política por la campaña electoral".
A propósito de la denuncia de ocultamiento de información al Tribunal de Cuentas, el jerarca señaló: "El Tribunal de Cuentas tiene cuatro funcionarios que trabajan como auditores en la Intendencia; tienen libre acceso a todo el sistema informático.
Cualquiera de ellos, que no son funcionarios nuestros, tiene acceso a todos los movimientos que se hacen. A veces hay expedientes concretos que van al Tribunal y si se hacen observaciones nosotros las respondemos por escrito", afirmó.
"INEPTITUD MORAL"
La Intendencia Municipal de Montevideo le solicitará a la Junta Departamental la destitución de un funcionario del Cementerio Norte por "ineptitud moral para el desempeño de su cargo".
El funcionario sumariado "extraía piezas dentales de oro de los cuerpos y las comercializaba en provecho propio", señala el expediente de la IMM.
El sujeto, de iniciales J.T., fue condenado por el juez penal de 5° Turno, Daniel Tapié, como "autor responsable de un delito continuado de hurto, a la pena de 16 meses de prisión con suspensión condicional de la pena bajo caución juratoria", al tratarse de un delito excarcelable.
El expediente señala que el municipal "carece de la mínima aptitud moral para permanecer en los cuadros funcionales".
Al respecto Jorge Rodríguez, prosecretario de la Intendencia Municipal de Montevideo, aseguró: "Es un hecho muy lamentable. Sacaba objetos de valor de los cadáveres. Se hicieron las denuncias, fue condenado por el juez y la Intendencia está pidiendo su destitución".
La República, 13 de abril de 2010 - Belén Riguetti
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lunes, 12 de abril de 2010
Piden información a la IMM bajo el amparo de ley de libre acceso
No sólo es un tema de campaña. Las acusaciones sobre falta de transparencia en la Intendencia de Montevideo pueden dar lugar a una intervención del Tribunal de Cuentas por la reticencia en brindar información a la Junta.
El organismo de contralor responderá esta semana si hace lugar a un pedido de ediles colorados y nacionalistas que a fines de 2009 solicitaron, sin éxito, información diversa a la administración departamental.
En agosto pasado, el Tribunal de Cuentas ya se quejó de que la dirección de TV Ciudad, el canal de la Intendencia, no le aportó información con lo cual se considera que se limitó el alcance de la auditoría realizada.
Paralelamente, hoy lunes el candidato a edil por la Lista 2000, Andrés Ojeda, presentará un escrito a la intendenta Hyara Rodríguez requiriendo información al amparo de la ley 18.381, de libre acceso a la información, y el principio de transparencia que rige a la administración pública. Se trata de información en su momento no brindada ni a los ediles ni al Tribunal de Cuentas, sobre fondos otorgados a ONG, la adjudicación del servicio de limpieza en los estudios y oficinas de TV Ciudad, detalles de los contratos firmados por empresas unipersonales con la emisora municipal.
También demandará información sobre distintos aspectos de los sueldos que se abonan, incluido el del Intendente, retenciones por impuestos legales y recaudación por Contribución Inmobiliaria, entre otros. Por la mayor parte de los mismos temas, varios ediles colorados y nacionalistas pidieron en su momento la intervención del Tribunal de Cuentas para echar luz sobre una serie de informaciones solicitadas a la Intendencia y que la administración municipal no respondió. Por ejemplo, el monto que la Intendencia destinó a donaciones a ONG, organizaciones civiles, culturales, deportivas, cooperativas y sindicatos desde 2005 a fines de 2009; la cantidad de funcionarios presupuestados, contratados y zafrales con que cuenta la comuna; la actualización de la auditoría del Tribunal de Cuentas sobre los controles de los casinos municipales, y su resultado financiero entre 2005 y 2009; el gasto total de los viajes al interior y exterior del país del intendente, los directores, los asesores y sus funcionarios, discriminado por costo de pasajes, viáticos, y gastos por otro concepto durante toda la actual administración frenteamplista. El 19 de noviembre pasado, la bancada colorada, por medio del edil Gustavo Osta (Lista 2000), hizo un llamado a sala al intendente Ricardo Ehrlich para pedir información sobre aspectos relacionados con la gestión. El intendente no asistió y en su lugar comparecieron ante la Junta el contador general, Jorge Simon, y el director de Recursos Financieros, Enrique Cabrera. En lo que no se le contestó, los ediles adelantaron que harían un reclamo ante el Tribunal de Cuentas.
TV Ciudad y las ONG en el limbo
En términos similares reclamó información a la Intendencia el ex edil colorado (2005-2010) Fitzgerald Cantero, hoy flamante diputado por Vamos Uruguay, quien sostuvo que la administración "ha evadido" la entrega de información al Tribunal de Cuentas lo que constituye, según consideró, "una nula voluntad" de ser investigado. Uno de los casos señalado en una carta enviada a El País es lo que sucedió con TV Ciudad, donde se ha trabado la investigación. Cantero recordó además que la Intendencia no dio información al Tribunal sobre los contratos en el departamento de Cultura por considerarlos "secretos".
"Si la Intendencia no carece de transparencia, ¿por qué se ha negado el Frente Amplio a una auditoría externa a la administración 2000-2005 en la que, por ejemplo, se perdieron US$ 16 millones en los casinos municipales?", preguntó el diputado colorado.
También preguntó "cuántos contratos se pagan a las ONG, quiénes las administran y cuánto les queda realmente en el bolsillo a las personas que realizan los trabajos".
El País, 12 de abril de 2010
El organismo de contralor responderá esta semana si hace lugar a un pedido de ediles colorados y nacionalistas que a fines de 2009 solicitaron, sin éxito, información diversa a la administración departamental.
En agosto pasado, el Tribunal de Cuentas ya se quejó de que la dirección de TV Ciudad, el canal de la Intendencia, no le aportó información con lo cual se considera que se limitó el alcance de la auditoría realizada.
Paralelamente, hoy lunes el candidato a edil por la Lista 2000, Andrés Ojeda, presentará un escrito a la intendenta Hyara Rodríguez requiriendo información al amparo de la ley 18.381, de libre acceso a la información, y el principio de transparencia que rige a la administración pública. Se trata de información en su momento no brindada ni a los ediles ni al Tribunal de Cuentas, sobre fondos otorgados a ONG, la adjudicación del servicio de limpieza en los estudios y oficinas de TV Ciudad, detalles de los contratos firmados por empresas unipersonales con la emisora municipal.
También demandará información sobre distintos aspectos de los sueldos que se abonan, incluido el del Intendente, retenciones por impuestos legales y recaudación por Contribución Inmobiliaria, entre otros. Por la mayor parte de los mismos temas, varios ediles colorados y nacionalistas pidieron en su momento la intervención del Tribunal de Cuentas para echar luz sobre una serie de informaciones solicitadas a la Intendencia y que la administración municipal no respondió. Por ejemplo, el monto que la Intendencia destinó a donaciones a ONG, organizaciones civiles, culturales, deportivas, cooperativas y sindicatos desde 2005 a fines de 2009; la cantidad de funcionarios presupuestados, contratados y zafrales con que cuenta la comuna; la actualización de la auditoría del Tribunal de Cuentas sobre los controles de los casinos municipales, y su resultado financiero entre 2005 y 2009; el gasto total de los viajes al interior y exterior del país del intendente, los directores, los asesores y sus funcionarios, discriminado por costo de pasajes, viáticos, y gastos por otro concepto durante toda la actual administración frenteamplista. El 19 de noviembre pasado, la bancada colorada, por medio del edil Gustavo Osta (Lista 2000), hizo un llamado a sala al intendente Ricardo Ehrlich para pedir información sobre aspectos relacionados con la gestión. El intendente no asistió y en su lugar comparecieron ante la Junta el contador general, Jorge Simon, y el director de Recursos Financieros, Enrique Cabrera. En lo que no se le contestó, los ediles adelantaron que harían un reclamo ante el Tribunal de Cuentas.
TV Ciudad y las ONG en el limbo
En términos similares reclamó información a la Intendencia el ex edil colorado (2005-2010) Fitzgerald Cantero, hoy flamante diputado por Vamos Uruguay, quien sostuvo que la administración "ha evadido" la entrega de información al Tribunal de Cuentas lo que constituye, según consideró, "una nula voluntad" de ser investigado. Uno de los casos señalado en una carta enviada a El País es lo que sucedió con TV Ciudad, donde se ha trabado la investigación. Cantero recordó además que la Intendencia no dio información al Tribunal sobre los contratos en el departamento de Cultura por considerarlos "secretos".
"Si la Intendencia no carece de transparencia, ¿por qué se ha negado el Frente Amplio a una auditoría externa a la administración 2000-2005 en la que, por ejemplo, se perdieron US$ 16 millones en los casinos municipales?", preguntó el diputado colorado.
También preguntó "cuántos contratos se pagan a las ONG, quiénes las administran y cuánto les queda realmente en el bolsillo a las personas que realizan los trabajos".
El País, 12 de abril de 2010
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Transparencia es información
Una corta nota de El Observador de ayer nos hizo cambiar el tema que teníamos para hoy. Según esa nota, el doctor Ney Castillo habría acusado a la Intendencia de Montevideo de falta de transparencia en su gestión, lo que provocó la réplica del secretario general de la Intendencia, quien aparentemente contestó que consideraba la crítica como profundamente injusta por tres razones.
Dijo que el Tribunal de Cuentas “analiza todos los gastos”; que cada año la IMM envía a la Junta Departamental “una pormenorizada Rendición de Cuentas, que es analizada durante meses por la Comisión de Hacienda de la Junta”, y que “desde la época de Tabaré Vázquez, se realizan todas las semanas acuerdos públicos del gabinete, donde puede concurrir cualquier ciudadano o medio de prensa, y escuchar cómo cada director propone resoluciones al intendente, adonde se incluyen los gastos”.
Las tres cosas que dice el secretario general de la intendencia parecen ciertas. La pregunta, sin embargo, es si eso es transparencia.
Hace dos o tres semanas escribimos sobre la experiencia del municipio de Montevideo por la que duplicó los impuestos para duplicar los sueldos, dejando lo demás más o menos igual. Lo que tal vez no sepa el lector es la odisea que implicó escribir esa nota. Porque averiguar cualquier cosa sobre la intendencia que signifique manejar datos y números objetivos, y no solo palabras y adjetivos, es una verdadera lucha.
Invitamos al lector a dar una vuelta por la página web de la IMM. No creo que nadie discuta que en el mundo de hoy la web es el medio natural para el acceso a la información institucional de organizaciones y empresas, públicas y privadas, sin excepción. Y no solo entre las empresas. Para comparar, el lector puede entrar, por ejemplo, al sitio del muy socialista Municipio de Santiago de Chile (www.municipalidaddesantiago.cl) y verá que bajo Municipalidad/Presupuestos aparece una detalladísima información presupuestal, separada por áreas, distinguiendo presupuesto y ejecución, con informes trimestrales de avance, detalle de subsidios, presupuestos históricos, casi una decena de indicadores, etcétera. Eso es transparencia. Y esa trasparencia, en el caso de Chile, no es producto de una decisión discrecional sino que está apoyada en la ley (ley 20.285 sobre transparencia administrativa) que, entre otras cosas, obliga a todas las administraciones públicas a mantener a disposición permanente del público, a través de sus sitios electrónicos, actualizados, al menos, una vez al mes, datos que incluyen entre otros el personal de planta, contratado y a honorarios, con las correspondientes remuneraciones; las contrataciones para el suministro de bienes muebles; la información presupuestaria asignada y ejecutada y en general toda la información cuantitativa de gestión relevante para la información del ciudadano.
Comparemos, ahora, con el sitio de la IMM y veamos qué encontramos. Nada.
Absolutamente nada que no sean palabras de propaganda. Palabras que pueden ser todas ciertas, pero nunca lo sabremos si no se nos da la información que nos permita verificar lo que se dice contra planes, y contra números. Las palabras son muy lindas, pero los números son lo que permiten analizar. Y de números, la página de la Intendencia carece absolutamente. Tiene una página de “estadísticas”, pero a no entusiasmarse: son estadísticas de biblioteca y solicitudes. Tiene una de “reportes de gestión”, pero no contiene análisis ni números, solo comentarios de que se inauguró tal o cual cosa, sin más datos. Hay otras de “políticas” y de “programas” pero solo contienen extensos textos sobre las cosas maravillosas que se hicieron. Pero de números que permitan analizar si se hicieron bien, o si se hizo lo propuesto, o cuánto costó lo que se hizo, ni una palabra. Y mucho menos un número. Dicho sencillamente: la intendencia no da a los ciudadanos ningún medio para evaluar su gestión. Y eso no es transparencia. Y conste que tampoco lo da la Junta Departamental, que aprueba los presupuestos. Porque allí, bajo “presupuesto” lo que aparece es el de la junta, no el de la intendencia.
Cuando hace algunas semanas quisimos examinar, aun superficialmente, la eficiencia de la IMM, les pedimos a un par de economistas que revisaran los números y nos dieran una primera visión. Dos o tres horas después llamaron desesperanzados, porque no habían encontrado nada, absolutamente nada, que les permitiera trabajar. De allí en más nos dedicamos a rastrear la información y en un par de semanas, a través de amigos y acudiendo a contactos personales que no están al alcance de todo ciudadano conseguimos el último presupuesto municipal, y un resumen de los anteriores. Pensamos, entonces, que de allí podríamos sacar conclusiones, y estudiar un poco. Pero no. Porque no solo se trata un documento de unos 12 centímetros de alto y varios cientos de páginas, sino que además está preparado por el enemigo. Para averiguar cuánto se gasta en salarios, por ejemplo, no basta con buscar bajo “salarios”, porque además hay salarios escondidos en los gastos de operación. Y hay salarios escondidos en contratos con ONG. Hay salarios escondidos por todos lados. Para sacar cualquier conclusión, entonces, se necesitan contactos personales, ayuda de economistas, análisis tipo CSI de la información, y todo eso para terminar con datos aproximados. Que seguramente después serán contradichos por los que tienen información “de adentro” con datos que uno no tiene forma ni de anticipar ni de discutir porque, por supuesto, nunca los conoció.
De esta manera los “de adentro” no solo se aseguran de que los “de afuera” no sepan nada, sino que si tratan de hacerlo siempre puedan ser contradichos con otra información que solo ellos conocen.
Transparencia, entonces, no es que el Tribunal de Cuentas supervise. Es que el ciudadano pueda hacerlo. Trasparencia no es que la Junta reciba la información, sino que la información esté al alcance de todos. Y transparencia no es que un ciudadano pueda ir en horario de trabajo a la Intendencia y mirar como se hacen las cosas. Transparencia es dar mucha información, toda la información, de modo que cualquiera pueda seguir y examinar lo que se hace sin renunciar a su empleo para perseguir papeles, pedir favores y actuar como detective. En esa materia la Intendencia de Montevideo, al igual que casi todo el Estado uruguayo, no deja muchísimo que desear. Simplemente, no informa nada.
El Observador, 10 de abril de 2010 - Daniel M. Ferrere - Opinión
Dijo que el Tribunal de Cuentas “analiza todos los gastos”; que cada año la IMM envía a la Junta Departamental “una pormenorizada Rendición de Cuentas, que es analizada durante meses por la Comisión de Hacienda de la Junta”, y que “desde la época de Tabaré Vázquez, se realizan todas las semanas acuerdos públicos del gabinete, donde puede concurrir cualquier ciudadano o medio de prensa, y escuchar cómo cada director propone resoluciones al intendente, adonde se incluyen los gastos”.
Las tres cosas que dice el secretario general de la intendencia parecen ciertas. La pregunta, sin embargo, es si eso es transparencia.
Hace dos o tres semanas escribimos sobre la experiencia del municipio de Montevideo por la que duplicó los impuestos para duplicar los sueldos, dejando lo demás más o menos igual. Lo que tal vez no sepa el lector es la odisea que implicó escribir esa nota. Porque averiguar cualquier cosa sobre la intendencia que signifique manejar datos y números objetivos, y no solo palabras y adjetivos, es una verdadera lucha.
Invitamos al lector a dar una vuelta por la página web de la IMM. No creo que nadie discuta que en el mundo de hoy la web es el medio natural para el acceso a la información institucional de organizaciones y empresas, públicas y privadas, sin excepción. Y no solo entre las empresas. Para comparar, el lector puede entrar, por ejemplo, al sitio del muy socialista Municipio de Santiago de Chile (www.municipalidaddesantiago.cl) y verá que bajo Municipalidad/Presupuestos aparece una detalladísima información presupuestal, separada por áreas, distinguiendo presupuesto y ejecución, con informes trimestrales de avance, detalle de subsidios, presupuestos históricos, casi una decena de indicadores, etcétera. Eso es transparencia. Y esa trasparencia, en el caso de Chile, no es producto de una decisión discrecional sino que está apoyada en la ley (ley 20.285 sobre transparencia administrativa) que, entre otras cosas, obliga a todas las administraciones públicas a mantener a disposición permanente del público, a través de sus sitios electrónicos, actualizados, al menos, una vez al mes, datos que incluyen entre otros el personal de planta, contratado y a honorarios, con las correspondientes remuneraciones; las contrataciones para el suministro de bienes muebles; la información presupuestaria asignada y ejecutada y en general toda la información cuantitativa de gestión relevante para la información del ciudadano.
Comparemos, ahora, con el sitio de la IMM y veamos qué encontramos. Nada.
Absolutamente nada que no sean palabras de propaganda. Palabras que pueden ser todas ciertas, pero nunca lo sabremos si no se nos da la información que nos permita verificar lo que se dice contra planes, y contra números. Las palabras son muy lindas, pero los números son lo que permiten analizar. Y de números, la página de la Intendencia carece absolutamente. Tiene una página de “estadísticas”, pero a no entusiasmarse: son estadísticas de biblioteca y solicitudes. Tiene una de “reportes de gestión”, pero no contiene análisis ni números, solo comentarios de que se inauguró tal o cual cosa, sin más datos. Hay otras de “políticas” y de “programas” pero solo contienen extensos textos sobre las cosas maravillosas que se hicieron. Pero de números que permitan analizar si se hicieron bien, o si se hizo lo propuesto, o cuánto costó lo que se hizo, ni una palabra. Y mucho menos un número. Dicho sencillamente: la intendencia no da a los ciudadanos ningún medio para evaluar su gestión. Y eso no es transparencia. Y conste que tampoco lo da la Junta Departamental, que aprueba los presupuestos. Porque allí, bajo “presupuesto” lo que aparece es el de la junta, no el de la intendencia.
Cuando hace algunas semanas quisimos examinar, aun superficialmente, la eficiencia de la IMM, les pedimos a un par de economistas que revisaran los números y nos dieran una primera visión. Dos o tres horas después llamaron desesperanzados, porque no habían encontrado nada, absolutamente nada, que les permitiera trabajar. De allí en más nos dedicamos a rastrear la información y en un par de semanas, a través de amigos y acudiendo a contactos personales que no están al alcance de todo ciudadano conseguimos el último presupuesto municipal, y un resumen de los anteriores. Pensamos, entonces, que de allí podríamos sacar conclusiones, y estudiar un poco. Pero no. Porque no solo se trata un documento de unos 12 centímetros de alto y varios cientos de páginas, sino que además está preparado por el enemigo. Para averiguar cuánto se gasta en salarios, por ejemplo, no basta con buscar bajo “salarios”, porque además hay salarios escondidos en los gastos de operación. Y hay salarios escondidos en contratos con ONG. Hay salarios escondidos por todos lados. Para sacar cualquier conclusión, entonces, se necesitan contactos personales, ayuda de economistas, análisis tipo CSI de la información, y todo eso para terminar con datos aproximados. Que seguramente después serán contradichos por los que tienen información “de adentro” con datos que uno no tiene forma ni de anticipar ni de discutir porque, por supuesto, nunca los conoció.
De esta manera los “de adentro” no solo se aseguran de que los “de afuera” no sepan nada, sino que si tratan de hacerlo siempre puedan ser contradichos con otra información que solo ellos conocen.
Transparencia, entonces, no es que el Tribunal de Cuentas supervise. Es que el ciudadano pueda hacerlo. Trasparencia no es que la Junta reciba la información, sino que la información esté al alcance de todos. Y transparencia no es que un ciudadano pueda ir en horario de trabajo a la Intendencia y mirar como se hacen las cosas. Transparencia es dar mucha información, toda la información, de modo que cualquiera pueda seguir y examinar lo que se hace sin renunciar a su empleo para perseguir papeles, pedir favores y actuar como detective. En esa materia la Intendencia de Montevideo, al igual que casi todo el Estado uruguayo, no deja muchísimo que desear. Simplemente, no informa nada.
El Observador, 10 de abril de 2010 - Daniel M. Ferrere - Opinión
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Acceso a la Información Pública
jueves, 25 de marzo de 2010
Reclaman al Estado que revele la lista de información clasificada como reservada o confidencial
El pedido parte del Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública se enmarca en la Ley de Acceso a la Información Pública (Ley 18.381) sancionada en el mes de octubre de 2008. La norma dispuso como principio general que ES PÚBLICA toda la información que “emane o esté en posesión de cualquier organismo público, estatal o no”, salvo las excepciones expresamente previstas por ley. [ver comunicado]
si no puede acceder ver:
http://www.apu.org.uy/wp-content/uploads/2010/03/comunicado_1_2010_23marzo1.pdf
APU, 24 de marzo de 2010 - Pilar Teijeiro
si no puede acceder ver:
http://www.apu.org.uy/wp-content/uploads/2010/03/comunicado_1_2010_23marzo1.pdf
APU, 24 de marzo de 2010 - Pilar Teijeiro
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Acceso a la Información Pública
martes, 23 de marzo de 2010
Reclaman lista de la información reservada
El Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (Cainfo) comenzó ayer a realizar una serie de peticiones ante los 13 Ministerios para que "se haga pública la lista de información clasificada como reservada o confidencial por cada Secretaría de Estado", informó el Cainfo en un comunicado.
Las solicitudes se presentan en el marco de lo que prevé la Ley de Acceso a la Información Pública, aprobada en octubre de 2008. La norma dispone que por principio general, toda la información relativa a dependencias oficiales es pública, salvo algunas excepciones.
La legislación estableció qué tipo de información puede ser calificada como "reservada" o "confidencial". También dispuso que hasta el último día hábil del mes de marzo de cada año, todos los organismos públicos deberán evaluar el cumplimiento de la ley.
"Así, con la presentación que se realizará ante los 13 Ministerios, Cainfo busca habilitar el monitoreo desde la sociedad civil respecto del grado de cumplimiento de la nueva ley por parte de la administración pública", explica el comunicado.
"A la vez, los datos que se obtengan permitirán evaluar si se han registrado extralimitaciones respecto a la clasificación de información como reservada o confidencial, y en su caso, plantear las impugnaciones correspondientes", agrega.
El País, 23 de marzo de 2010
Las solicitudes se presentan en el marco de lo que prevé la Ley de Acceso a la Información Pública, aprobada en octubre de 2008. La norma dispone que por principio general, toda la información relativa a dependencias oficiales es pública, salvo algunas excepciones.
La legislación estableció qué tipo de información puede ser calificada como "reservada" o "confidencial". También dispuso que hasta el último día hábil del mes de marzo de cada año, todos los organismos públicos deberán evaluar el cumplimiento de la ley.
"Así, con la presentación que se realizará ante los 13 Ministerios, Cainfo busca habilitar el monitoreo desde la sociedad civil respecto del grado de cumplimiento de la nueva ley por parte de la administración pública", explica el comunicado.
"A la vez, los datos que se obtengan permitirán evaluar si se han registrado extralimitaciones respecto a la clasificación de información como reservada o confidencial, y en su caso, plantear las impugnaciones correspondientes", agrega.
El País, 23 de marzo de 2010
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Acceso a la Información Pública
viernes, 12 de marzo de 2010
Declaración de la Organización de la Prensa del Interior (OPI) con respecto al Acceso a la información pública
El Consejo Directivo de la Organización de la Prensa del Interior (OPI) manifiesta su profunda preocupación por las dificultades que periodistas y empresas periodísticas del interior han tenido a la hora de acceder a la información de instituciones públicas, tal como lo establece la legislación actual, por la resistencia que hemos encontrado en las autoridades para brindar información que debe ser de acceso de todos los ciudadanos.
DECLARACIÓN
El acceso a la información pública, un derecho al que no renunciamos
El Consejo Directivo de la Organización de la Prensa del Interior (OPI) manifiesta su profunda preocupación por las dificultades que periodistas y empresas periodísticas del interior han tenido a la hora de acceder a la información de instituciones públicas, tal como lo establece la legislación actual, por la resistencia que hemos encontrado en las autoridades para brindar información que debe ser de acceso de todos los ciudadanos.
El 17 de octubre del año 2008, el Parlamento Nacional aprobó la Ley 18.381, sobre el “Derecho de Acceso a la Información Pública”, que establece claras normas para que todas las instituciones públicas (ministerios, órganos como el Parlamento y las Juntas Departamentales, empresas públicas, Intendencias) entreguen a todos los ciudadanos que lo soliciten información en su poder, salvo claras excepciones (cuando la información ponga en riesgo la seguridad pública, la defensa nacional, la vida de las personas o la estabilidad financiera y económica del país, entre otras pocas), de manera rápida y simple.
Pues, lamentablemente, esto no ha sido así.
Desde julio del año pasado, el periódico San José Hoy, del departamento de San José, libra una dura batalla para obtener información relativa a la asistencia prestada por ese municipio a personas y/o familias entre los años 2004 y 2009. Lo que debió ser un simple y rápido trámite -si la ley se hubiese cumplido a cabalidad- se transformó en una dura –y onerosa para el periódico- batalla legal, que no ha concluido, para obligar a la Intendencia a que brinde la información solicitada.
El periódico Centenario de Cardona experimentó dificultades similares respecto a dos pedidos de información que realizó a la Junta Departamental e Intendencia de Soriano. En el primero de los casos, el periódico pudo acceder a la información solicitada –tal como lo establece la Ley 18.381- sólo después de una batalla judicial-. En el segundo de los casos, más reciente, los plazos legales se cumplieron sin que la Intendencia de Soriano cumpliese lo establecido en la ley.
Lo peor: creemos que no hay más casos, porque periodistas, periódicos, medios de prensa y ciudadanos aún no hemos realizado más pedidos de información que por ley se nos debe brindar.
Ante esto, el Consejo Directivo de la Organización de la Prensa del Interior, declara:
1°.- Que el acceso a la información pública, establecido por la Ley 18.381, es un derecho de todos los ciudadanos, y de los medios de prensa y comunicación del país.
2°.- Que ve con preocupación que el ejercicio de este derecho ha chocado reiteradamente con la resistencia de autoridades, que se niegan a brindar la información que se les solicita.
3°.- Que esta negativa supone un quebranto o desconocimiento de la ley.
4°.- Que nuestra OPI dará una dura batalla para que esta ley se cumpla a cabalidad, ya que no solo se trata de un derecho de todos los ciudadanos, sino además de una herramienta que permite a los diarios y periódicos del Interior brindar a nuestros lectores información más completa y veraz.
Consejo Directivo
Organización de la Prensa del Interior
12 de marzo del 2010
OPI, 12 de marzo de 2010
DECLARACIÓN
El acceso a la información pública, un derecho al que no renunciamos
El Consejo Directivo de la Organización de la Prensa del Interior (OPI) manifiesta su profunda preocupación por las dificultades que periodistas y empresas periodísticas del interior han tenido a la hora de acceder a la información de instituciones públicas, tal como lo establece la legislación actual, por la resistencia que hemos encontrado en las autoridades para brindar información que debe ser de acceso de todos los ciudadanos.
El 17 de octubre del año 2008, el Parlamento Nacional aprobó la Ley 18.381, sobre el “Derecho de Acceso a la Información Pública”, que establece claras normas para que todas las instituciones públicas (ministerios, órganos como el Parlamento y las Juntas Departamentales, empresas públicas, Intendencias) entreguen a todos los ciudadanos que lo soliciten información en su poder, salvo claras excepciones (cuando la información ponga en riesgo la seguridad pública, la defensa nacional, la vida de las personas o la estabilidad financiera y económica del país, entre otras pocas), de manera rápida y simple.
Pues, lamentablemente, esto no ha sido así.
Desde julio del año pasado, el periódico San José Hoy, del departamento de San José, libra una dura batalla para obtener información relativa a la asistencia prestada por ese municipio a personas y/o familias entre los años 2004 y 2009. Lo que debió ser un simple y rápido trámite -si la ley se hubiese cumplido a cabalidad- se transformó en una dura –y onerosa para el periódico- batalla legal, que no ha concluido, para obligar a la Intendencia a que brinde la información solicitada.
El periódico Centenario de Cardona experimentó dificultades similares respecto a dos pedidos de información que realizó a la Junta Departamental e Intendencia de Soriano. En el primero de los casos, el periódico pudo acceder a la información solicitada –tal como lo establece la Ley 18.381- sólo después de una batalla judicial-. En el segundo de los casos, más reciente, los plazos legales se cumplieron sin que la Intendencia de Soriano cumpliese lo establecido en la ley.
Lo peor: creemos que no hay más casos, porque periodistas, periódicos, medios de prensa y ciudadanos aún no hemos realizado más pedidos de información que por ley se nos debe brindar.
Ante esto, el Consejo Directivo de la Organización de la Prensa del Interior, declara:
1°.- Que el acceso a la información pública, establecido por la Ley 18.381, es un derecho de todos los ciudadanos, y de los medios de prensa y comunicación del país.
2°.- Que ve con preocupación que el ejercicio de este derecho ha chocado reiteradamente con la resistencia de autoridades, que se niegan a brindar la información que se les solicita.
3°.- Que esta negativa supone un quebranto o desconocimiento de la ley.
4°.- Que nuestra OPI dará una dura batalla para que esta ley se cumpla a cabalidad, ya que no solo se trata de un derecho de todos los ciudadanos, sino además de una herramienta que permite a los diarios y periódicos del Interior brindar a nuestros lectores información más completa y veraz.
Consejo Directivo
Organización de la Prensa del Interior
12 de marzo del 2010
OPI, 12 de marzo de 2010
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Acceso a la Información Pública
martes, 21 de julio de 2009
Guía para Periodistas. Ley Nº 18.381 Derecho de Acceso a la Información Pública
El proyecto que posibilitó la realización de esta Guía fue desarrollado por la Oficina del Banco Mundial en Uruguay y el Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública. La coordinación de esta Guía estuvo a cargo de: Edison Lanza. Edición: Silvana Fumega. Coautores: Silvana Fumega, Fabrizio Scrollini y Edison Lanza
Descargar : Guía para periodistas sobre ley de acceso a información
APU, 20 de julio de 2009
Descargar : Guía para periodistas sobre ley de acceso a información
APU, 20 de julio de 2009
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Acceso a la Información Pública
miércoles, 3 de junio de 2009
COMUNICADO: Violación a la Ley de Acceso a la Información Pública
COMUNICADO:
Violación a la Ley de Acceso a la Información Pública
03-06-2009
El Grupo Medios y Sociedad pone en conocimiento de los poderes públicos, los medios de comunicación y la población en Gral. que sólo seis organismos públicos (MIDES, BCU, BROU, IMM, ANCAP y BSE) de 14 a los que se les solicitó acceso a información pública sobre asignación de publicidad oficial, respondieron el pedido en tiempo. Además, de esos seis, la Intendencia de Montevideo respondió en forma incompleta.
De los restantes, siete organismos no han contestado al pedido de acceso a la información pública, violando el plazo de 20 días hábiles que establece la Ley de Acceso a la Información Nº 18.381 para entregar información a los ciudadanos. Estos son: Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE), Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL), Banco Hipotecario del Uruguay (BHU), Ministerio de Turismo, Ministerio de Salud Pública (MSP), Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP), Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE) y Banco de Previsión Social (BPS).
En los casos de BHU, ANTEL, Ministerio de Turismo y UTE se nos comunicó que la solicitud estaba en proceso, sin embargo, se ha vencido el plazo legal mencionado.
El GMS solicitó información sobre la inversión global en publicidad oficial y la inversión discriminada por medios en estos organismos, como parte de un monitoreo sobre el uso de los recursos públicos en relación a la libertad de expresión.
De este modo, llamamos a los organismos peticionados a cumplir con los principios y el procedimiento de la Ley de Acceso a la Información y entregar a la brevedad la información solicitada. De lo contrario, el GMS deberá recurrir al procedimiento Acción Judicial de Acceso a la Información prevista en la norma mencionada.
GMS, 03 de junio de 2009
Violación a la Ley de Acceso a la Información Pública
03-06-2009
El Grupo Medios y Sociedad pone en conocimiento de los poderes públicos, los medios de comunicación y la población en Gral. que sólo seis organismos públicos (MIDES, BCU, BROU, IMM, ANCAP y BSE) de 14 a los que se les solicitó acceso a información pública sobre asignación de publicidad oficial, respondieron el pedido en tiempo. Además, de esos seis, la Intendencia de Montevideo respondió en forma incompleta.
De los restantes, siete organismos no han contestado al pedido de acceso a la información pública, violando el plazo de 20 días hábiles que establece la Ley de Acceso a la Información Nº 18.381 para entregar información a los ciudadanos. Estos son: Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE), Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL), Banco Hipotecario del Uruguay (BHU), Ministerio de Turismo, Ministerio de Salud Pública (MSP), Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP), Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE) y Banco de Previsión Social (BPS).
En los casos de BHU, ANTEL, Ministerio de Turismo y UTE se nos comunicó que la solicitud estaba en proceso, sin embargo, se ha vencido el plazo legal mencionado.
El GMS solicitó información sobre la inversión global en publicidad oficial y la inversión discriminada por medios en estos organismos, como parte de un monitoreo sobre el uso de los recursos públicos en relación a la libertad de expresión.
De este modo, llamamos a los organismos peticionados a cumplir con los principios y el procedimiento de la Ley de Acceso a la Información y entregar a la brevedad la información solicitada. De lo contrario, el GMS deberá recurrir al procedimiento Acción Judicial de Acceso a la Información prevista en la norma mencionada.
GMS, 03 de junio de 2009
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Acceso a la Información Pública,
Comunicados
lunes, 18 de mayo de 2009
Universidades dieron comienzo a ciclo de actualización del marco legal de la comunicación
El martes 12 de mayo dio comienzo el Ciclo de Actualización del Marco Legal de la Comunicación en el Uruguay, organizado por la Licenciatura en Ciencias de la Comunicación (LICCOM) de la Universidad de la República (UDELAR) y la Licenciatura en Comunicación Social de la Universidad Católica del Uruguay “Dámaso Antonio Larrañaga” (UCUDAL). [ver nota completa]
El panel se refirió a la Ley de Acceso a la Información Pública con las presentaciones a cargo del Dr. Martín Prats1, quien dio un marco general en materia de estándares internacionales de acceso a la información, y del Dr. Edison Lanza2, quien se refirió más específicamente a los contenidos y alcances de la ley.
Aquí podrá encontrar ambas presentaciones, donde se resumen los conceptos vertidos por los expositores:
Fundamentos de una Ley de Acceso a la Información Pública y Amparo Informativo [power point - 1,10 Mb]
Procedimiento Administrativo para Acceder a la Información Pública [power point - 141 kb]
Este ciclo, que comenzó en el Aula Magna de la UCUDAL, contará con dos instancias más. La próxima se realizará el 25 de mayo de 2009, sobre Reforma de la Ley de Prensa, en el edificio de la LICCOM (salón 2), ubicado en José Liguizamón 3666. Ver el programa completo del ciclo.
GMS, 15 de mayo de 2009 - Fernando Gelves
El panel se refirió a la Ley de Acceso a la Información Pública con las presentaciones a cargo del Dr. Martín Prats1, quien dio un marco general en materia de estándares internacionales de acceso a la información, y del Dr. Edison Lanza2, quien se refirió más específicamente a los contenidos y alcances de la ley.
Aquí podrá encontrar ambas presentaciones, donde se resumen los conceptos vertidos por los expositores:
Fundamentos de una Ley de Acceso a la Información Pública y Amparo Informativo [power point - 1,10 Mb]
Procedimiento Administrativo para Acceder a la Información Pública [power point - 141 kb]
Este ciclo, que comenzó en el Aula Magna de la UCUDAL, contará con dos instancias más. La próxima se realizará el 25 de mayo de 2009, sobre Reforma de la Ley de Prensa, en el edificio de la LICCOM (salón 2), ubicado en José Liguizamón 3666. Ver el programa completo del ciclo.
GMS, 15 de mayo de 2009 - Fernando Gelves
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Acceso a la Información Pública
jueves, 14 de mayo de 2009
¿Una intendencia al margen de la ley?
El 18 de diciembre de 2008, al amparo de la ley Nº 13.381 (acceso a la información) solicitamos a la IMSJ información relativa a las canteras municipales. El 19 de enero de 2009, vencidos largamente los plazos que fija la ley, la asesoría letrada del municipio clasifica, en forma arbitraria e ilegal, la información requerida como «reservada».
El 16 de marzo presentamos un recurso de amparo y el Juez dispone una audiencia para el 19. Con esa fecha El Dr. Pablo Pucheu, representando a la comuna, argumenta que ahora sí pueden dar la información solicitada. El mismo 19 de marzo, el Juez avala el acuerdo y fija el 3 de abril, a las 14 horas, para que se entregue la información requerida.
Ese día Juan Chiruchi incumple lo pactado al no entregar toda la información.
La Dra. Leticia Mora, en nuestra representación, presentó entonces un escrito para «solicitar la intimación judicial a la Intendencia Municipal de San José» para que cumpliera en todos los términos informando respecto a cuáles fueron las «condiciones que se pactaron con el dueño del predio para realizar la actividad». La respuesta, firmada por el Director de Obras Carlos Badano, dice: «El acuerdo realizado supone el pago en forma mensual de acuerdo al precio que estaba pagando la Intendencia en ese momento».
No hay copia del contrato, ni precio pactado, ni volúmenes involucrados, ni nada que pueda tomarse, con seriedad, como una respuesta.
Con fecha 28 de abril el juez letrado de San José, Dr. Álvaro Messere, dictó un breve y contundente decreto:
«INTÍMESE EN LA FORMA SOLICITADA, COMETIÉNDOSE A LA SRA. ALGUACIL DE LA SEDE, SIN MÁS TRÁMITE».
Se hizo efectiva el 29, y ha vencido el plazo sin respuesta de la Intendencia.
Ahora se pide al Juez que reitere la Intimación a la Intendencia Municipal de San José a los efectos de que con plazo de tres días proporcione la información «bajo apercibimiento de la imposición de astreintes en caso de persistencia en el incumplimiento, equivalente a 20 Unidades Reajustables por día de atraso en el cumplimiento y de elevar estas actuaciones a la justicia penal».
Y ahora, ¿qué sigue?
Dado que la ley de acceso a la información establece: «… considerándose falta grave la negativa de cualquier funcionario de proveérsela de conformidad con las previsiones de la ley Nº 17.060, del 23 de diciembre de 1998 (Anticorrupción) y del artículo 31 de la ley 18.381» más allá de que efectivamente, en última instancia, sea entregada la información, quedará pendiente saber, ante la consumación de la «falta grave» a la que alude la ley, cuáles serán las consecuencias para las autoridades municipales de San José.
Por otra parte, el lunes 30 de marzo, la Junta Departamental recibió al Secretario General de la Intendencia Municipal de San José, José Luis Falero, y a su asesor jurídico, el doctor Pablo Pucheu, para responder sobre el tema de las canteras. En esa sesión, el edil Antonio Castro le preguntó a José Luis Falero «cuál es la situación contractual de la Intendencia de San José con el señor García, propietario del padrón 2775».
Y recibió como respuesta: «El tema contractual de la cantera es una licitación que ya se hizo en su momento y que todavía está vigente -lo de García-; se hizo un llamado en la zona y se presentó él en esa oportunidad, nada más».
Más adelante Castro insiste y le pregunta de nuevo a Falero «si tiene documentación de ese contrato».
La respuesta que obtiene es: «Acá no lo tengo, pero no hay problema, se consigue» (…) «cuando surgió todo este tema de las canteras tratamos de reordenar todo» (…) «De cualquier manera se la acercamos».
El 14 de agosto de 2007, Falero había ido, con el intendente, a la Junta y la discusión se centró, fundamentalmente, en la cantera que había sido clausurada por DINAMIGE al no contar con habilitación de ningún tipo. El padrón 2775, donde está esa cantera, es propiedad de Julio García Escobar.
Para solucionar la situación se hizo un trámite en el MTOP y el 23 de agosto, la cantera de García fue incluida en el registro de «obras públicas». Después se iniciaron los trámites para tener una explotación desde la que se pudiera, con la habilitación correspondiente, continuar repartiendo balasto. Este último trámite estaría culminando.
Queda pendiente también la consideración de qué tipo de responsabilidades tiene la comuna por haber sacado material del predio sin las guías correspondientes, ni pagar los impuestos. En la medida que el destino no sea «obra pública» puede suponerse que correspondía abonarlos, fueron muchos metros cúbicos y por lo tanto la suma «defraudada» al fisco puede ser importante. Otra faceta que se debe analizar es la legalidad de las donaciones en beneficio de algunos y a costo de los dineros públicos.
San José Hoy, 14 de mayo de 2009 - David Rabinovich / José Luis Falero - 08 mayo 2009
El 16 de marzo presentamos un recurso de amparo y el Juez dispone una audiencia para el 19. Con esa fecha El Dr. Pablo Pucheu, representando a la comuna, argumenta que ahora sí pueden dar la información solicitada. El mismo 19 de marzo, el Juez avala el acuerdo y fija el 3 de abril, a las 14 horas, para que se entregue la información requerida.
Ese día Juan Chiruchi incumple lo pactado al no entregar toda la información.
La Dra. Leticia Mora, en nuestra representación, presentó entonces un escrito para «solicitar la intimación judicial a la Intendencia Municipal de San José» para que cumpliera en todos los términos informando respecto a cuáles fueron las «condiciones que se pactaron con el dueño del predio para realizar la actividad». La respuesta, firmada por el Director de Obras Carlos Badano, dice: «El acuerdo realizado supone el pago en forma mensual de acuerdo al precio que estaba pagando la Intendencia en ese momento».
No hay copia del contrato, ni precio pactado, ni volúmenes involucrados, ni nada que pueda tomarse, con seriedad, como una respuesta.
Con fecha 28 de abril el juez letrado de San José, Dr. Álvaro Messere, dictó un breve y contundente decreto:
«INTÍMESE EN LA FORMA SOLICITADA, COMETIÉNDOSE A LA SRA. ALGUACIL DE LA SEDE, SIN MÁS TRÁMITE».
Se hizo efectiva el 29, y ha vencido el plazo sin respuesta de la Intendencia.
Ahora se pide al Juez que reitere la Intimación a la Intendencia Municipal de San José a los efectos de que con plazo de tres días proporcione la información «bajo apercibimiento de la imposición de astreintes en caso de persistencia en el incumplimiento, equivalente a 20 Unidades Reajustables por día de atraso en el cumplimiento y de elevar estas actuaciones a la justicia penal».
Y ahora, ¿qué sigue?
Dado que la ley de acceso a la información establece: «… considerándose falta grave la negativa de cualquier funcionario de proveérsela de conformidad con las previsiones de la ley Nº 17.060, del 23 de diciembre de 1998 (Anticorrupción) y del artículo 31 de la ley 18.381» más allá de que efectivamente, en última instancia, sea entregada la información, quedará pendiente saber, ante la consumación de la «falta grave» a la que alude la ley, cuáles serán las consecuencias para las autoridades municipales de San José.
Por otra parte, el lunes 30 de marzo, la Junta Departamental recibió al Secretario General de la Intendencia Municipal de San José, José Luis Falero, y a su asesor jurídico, el doctor Pablo Pucheu, para responder sobre el tema de las canteras. En esa sesión, el edil Antonio Castro le preguntó a José Luis Falero «cuál es la situación contractual de la Intendencia de San José con el señor García, propietario del padrón 2775».
Y recibió como respuesta: «El tema contractual de la cantera es una licitación que ya se hizo en su momento y que todavía está vigente -lo de García-; se hizo un llamado en la zona y se presentó él en esa oportunidad, nada más».
Más adelante Castro insiste y le pregunta de nuevo a Falero «si tiene documentación de ese contrato».
La respuesta que obtiene es: «Acá no lo tengo, pero no hay problema, se consigue» (…) «cuando surgió todo este tema de las canteras tratamos de reordenar todo» (…) «De cualquier manera se la acercamos».
El 14 de agosto de 2007, Falero había ido, con el intendente, a la Junta y la discusión se centró, fundamentalmente, en la cantera que había sido clausurada por DINAMIGE al no contar con habilitación de ningún tipo. El padrón 2775, donde está esa cantera, es propiedad de Julio García Escobar.
Para solucionar la situación se hizo un trámite en el MTOP y el 23 de agosto, la cantera de García fue incluida en el registro de «obras públicas». Después se iniciaron los trámites para tener una explotación desde la que se pudiera, con la habilitación correspondiente, continuar repartiendo balasto. Este último trámite estaría culminando.
Queda pendiente también la consideración de qué tipo de responsabilidades tiene la comuna por haber sacado material del predio sin las guías correspondientes, ni pagar los impuestos. En la medida que el destino no sea «obra pública» puede suponerse que correspondía abonarlos, fueron muchos metros cúbicos y por lo tanto la suma «defraudada» al fisco puede ser importante. Otra faceta que se debe analizar es la legalidad de las donaciones en beneficio de algunos y a costo de los dineros públicos.
San José Hoy, 14 de mayo de 2009 - David Rabinovich / José Luis Falero - 08 mayo 2009
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Acceso a la Información Pública
miércoles, 6 de mayo de 2009
Unidad de acceso aún sin directores
A seis meses de aprobada la ley de Acceso a la Información Pública (18.381), el Poder Ejecutivo aún no designó a los dos consejeros que, junto al presidente de la Agesic, José Clastornik, integrarán el Consejo Ejecutivo de la Unidad de Acceso a la Información Pública.
Dicho consejo será el encargado de implementar políticas de transparencia activa dentro del Estado, evaluar el desempeño de los organismos públicos en ese sentido y recibir y analizar las denuncias de los ciudadanos cuyas peticiones de información sean rechazadas o no contestadas.
La organización no gubernamental Centro Archivos y Acceso a la Información hizo un llamado de atención, porque el Poder Ejecutivo aún no designó a los integrantes del consejo directivo de esta unidad.
La Agesic propuso varios nombres al gobierno; los que más sonaron fueron el ex fiscal de lo contencioso administrativo Miguel Langón y el director del BHU Óscar Sarlo, dijeron fuentes del organismo, pero hasta ayer Presidencia no los designó. La falta de designación de este consejo direc-tivo impide implementar cambios a los que el Estado está obligado por la ley 18.381, para combatir la cultura del secreto imperante en muchas oficinas públicas.
En cambio, el Poder Ejecutivo ya nombró a los dos miembros del Consejo Ejecutivo de la Unidad de Protección de Datos, que están en funciones.
El País, 06 de mayo de 2009 - Eduardo Delgado
Dicho consejo será el encargado de implementar políticas de transparencia activa dentro del Estado, evaluar el desempeño de los organismos públicos en ese sentido y recibir y analizar las denuncias de los ciudadanos cuyas peticiones de información sean rechazadas o no contestadas.
La organización no gubernamental Centro Archivos y Acceso a la Información hizo un llamado de atención, porque el Poder Ejecutivo aún no designó a los integrantes del consejo directivo de esta unidad.
La Agesic propuso varios nombres al gobierno; los que más sonaron fueron el ex fiscal de lo contencioso administrativo Miguel Langón y el director del BHU Óscar Sarlo, dijeron fuentes del organismo, pero hasta ayer Presidencia no los designó. La falta de designación de este consejo direc-tivo impide implementar cambios a los que el Estado está obligado por la ley 18.381, para combatir la cultura del secreto imperante en muchas oficinas públicas.
En cambio, el Poder Ejecutivo ya nombró a los dos miembros del Consejo Ejecutivo de la Unidad de Protección de Datos, que están en funciones.
El País, 06 de mayo de 2009 - Eduardo Delgado
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Acceso a la Información Pública
jueves, 19 de marzo de 2009
Periodista reclama información
El día 18 de diciembre del 2008, al amparo de la Ley 18.381 (Derecho de Acceso a la Información Pública), mediante dos escritos y cumpliendo todos los requisitos establecidos, el corresponsal de LA REPUBLICA David Rabinovich solicitó, a la Intendencia Municipal de San José, información sobre las canteras municipales.
La administración Chiruchi enfrenta, por este tema, una demanda por daños y perjuicios entablada por la empresaria Doris Dos Santos.
Al reclamo del periodista, el doctor Pablo Pucheu, abogado de la intendencia, respondió: "La información solicitada debe ser clasificada como reservada por parte del Municipio, ya que existe un juicio en trámite, en el que el Municipio es demandado y el objeto de dicha demanda está constituido por el funcionamiento y actuación del Municipio en relación a las canteras existentes en los inmuebles cuya información se solicita...".
Rabinovich presentó un recurso de amparo el lunes y hoy jueves habrá una audiencia de conciliación.
Los abogados que lo patrocinan argumentan que la IMSJ no ha brindado la información solicitada ni ha negado de forma fundada su expedición, no habiendo tampoco mediado prórroga, se ha configurado el Silencio Positivo establecido por el artículo 18 de la ley, el cual ordena que en tal caso, el interesado "podrá acceder a la información respectiva, considerándose falta grave la negativa de cualquier funcionario de proveérsela de conformidad con las previsiones de la Ley Nº 17.060, del 23 de diciembre de 1998 (Anticorrupción) y del artículo 31 de la Ley 18.381".
Consideran que la información solicitada no puede clasificarse como reservada ni es confidencial. No comprenden, a la vez, la pretensión de incluirla dentro de la reserva establecida por el artículo 9 literal B de la Ley 18.381 pues, ni menoscaba la conducción de las negociaciones o de las relaciones internacionales, ni es información que otros Estados u organismos internacionales hayan entregado con carácter de reservado al Estado Uruguay.
Las excepciones a la información pública establecidas en la ley son de interpretación estricta, no se puede desvirtuar el sentido de la norma ampliando arbitrariamente su alcance, sostienen. Entre las excepciones, agregan, no se encuentra el hecho de que la divulgación de una información pueda afectar el curso de un juicio, argumento utilizado por la Asesoría Letrada de la IMSJ, que no se funda en ninguna norma de carácter legal, sino tan sólo en razones de estrategia de juicios que mantiene la Intendencia con terceros.
La República, 19 de marzo de 2009
La administración Chiruchi enfrenta, por este tema, una demanda por daños y perjuicios entablada por la empresaria Doris Dos Santos.
Al reclamo del periodista, el doctor Pablo Pucheu, abogado de la intendencia, respondió: "La información solicitada debe ser clasificada como reservada por parte del Municipio, ya que existe un juicio en trámite, en el que el Municipio es demandado y el objeto de dicha demanda está constituido por el funcionamiento y actuación del Municipio en relación a las canteras existentes en los inmuebles cuya información se solicita...".
Rabinovich presentó un recurso de amparo el lunes y hoy jueves habrá una audiencia de conciliación.
Los abogados que lo patrocinan argumentan que la IMSJ no ha brindado la información solicitada ni ha negado de forma fundada su expedición, no habiendo tampoco mediado prórroga, se ha configurado el Silencio Positivo establecido por el artículo 18 de la ley, el cual ordena que en tal caso, el interesado "podrá acceder a la información respectiva, considerándose falta grave la negativa de cualquier funcionario de proveérsela de conformidad con las previsiones de la Ley Nº 17.060, del 23 de diciembre de 1998 (Anticorrupción) y del artículo 31 de la Ley 18.381".
Consideran que la información solicitada no puede clasificarse como reservada ni es confidencial. No comprenden, a la vez, la pretensión de incluirla dentro de la reserva establecida por el artículo 9 literal B de la Ley 18.381 pues, ni menoscaba la conducción de las negociaciones o de las relaciones internacionales, ni es información que otros Estados u organismos internacionales hayan entregado con carácter de reservado al Estado Uruguay.
Las excepciones a la información pública establecidas en la ley son de interpretación estricta, no se puede desvirtuar el sentido de la norma ampliando arbitrariamente su alcance, sostienen. Entre las excepciones, agregan, no se encuentra el hecho de que la divulgación de una información pueda afectar el curso de un juicio, argumento utilizado por la Asesoría Letrada de la IMSJ, que no se funda en ninguna norma de carácter legal, sino tan sólo en razones de estrategia de juicios que mantiene la Intendencia con terceros.
La República, 19 de marzo de 2009
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