jueves, 30 de abril de 2009

El Estado evitó pagar US$ 244: en juicio

La justicia desestimó la mayor demanda contra la administración pública, en el marco de la cual una empresaria a quien se le anuló el permiso para brindar el servicio de televisión por cable, reclamó un resarcimiento de us$ 244 millones.

La jueza de lo Contencioso Administrativo, Cristina Cabrera, dictó ayer su fallo en el que rechazó el reclamo de Ana María Troncoso, en virtud de que la acción fue presentada pasados los cuatros años que prevé la ley y además porque no agotó la vía administrativa ante el Ministerio de Defensa Nacional (MDN).

A Troncoso -esposa del también empresario Miguel Sofía, sobre quien pesa un pedido de procesamiento por su presunta actuación en los Escuadrones de la Muerte en los años de 1970 que también reclamó un resarcimiento de US$ 50.000- se le había otorgado un permiso para prestar servicio de televisión para abonados en varias zonas de Montevideo, San José y Canelones.

En 1993, el MDN cesó esa habilitación, decisión que luego fue anulada. Pero, en 1998 la resolución revocatoria fue confirmada por el Tribunal de lo Contencioso Administrativo.

Eso motivó que Troncoso presentara ese mismo año la demanda civil contra el Estado, la cual no fue contestada por la parte demandada, por lo que el MDN no pudo pedir el diligenciamiento de prueba durante todo el proceso judicial.

La empresaria reclamó US$ 234 millones por daños y perjuicios, lucro cesante y daño moral. Además, inició una demanda adicional por US$ 10 millones por la no contestación del reclamo.

Sin embargo, el MDN, que en 2003 pasó a se representando por el estudio jurídico del ex ministro del Interior Juan Andrés Ramírez, argumentó que la decisión fue tomada en forma correcta, y que la demanda fue presentada fuera del plazo previsto de cuatro años.

La jueza Cabrera coincidió con esa posición y en su fallo -al que accedió El País- señaló que los permisos son de carácter precario y provisorio "no pudiendo luego hacer derivar de esa situación un daño indemnizable en la eventualidad de que sea cesada la autorización que obtuvo".

El País, 30 de abril de 2009 - Pablo Melendrez

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